MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 635-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 15/06/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-01415239-APN-DMED#MC del registro del
MINISTERIO DE CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario convocar el SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES 2017
en las fechas propuestas por el PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES, según el
cronograma de presentación, selección y exhibición de obras, presentado
como ANEXO I (IF-2017-09641640-APN-SECPC#MC) de la presente.
Que, con miras a la divulgación del certamen, resulta procedente
aprobar el reglamento al que deberán sujetarse los participantes de
cada disciplina, teniendo en cuenta sus singulares características,
presentado como ANEXO II (IF-2017-09641550-APN-SECPC#MC) de la presente.
Que se ha procedido a calcular el monto de las erogaciones que se
deberán efectuar con motivo de la realización del SALÓN NACIONAL,
presentado como ANEXO III (IF-2017-09641509-APN- SECPC#MC) de la
presente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención
que le compete.
Que el gasto que demande la presente medida cuenta con el
financiamiento otorgado por la Ley N° 27.341 – PRESUPUESTO GENERAL DE
LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el Ejercicio 2017 y distribuido por la
Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2017.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud
de las facultades otorgadas por los Decretos N° 392/86, y la Ley de
Ministerios Nº 22.520 (Texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus
modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la convocatoria y realización del SALÓN
NACIONAL DE ARTES VISUALES 2017, de acuerdo al cronograma que como
ANEXO I (IF-2017-09641640-APN-SECPC#MC) integra la presente medida.
ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Reglamento del SALÓN NACIONAL DE ARTES
VISUALES 2017 que, como ANEXO II (IF-2017-09641550-APN-SECPC#MC)
integra la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Autorizar el gasto que demanda el cumplimiento del
certamen de acuerdo con el detalle que como ANEXO III
(IF-2017-09641509-APN-SECPC#MC) integra la presente medida.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande la presente será atendido con los
créditos otorgados mediante la Ley N° 27.341 – PRESUPUESTO GENERAL DE
LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el Ejercicio 2017 y distribuido por la
Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2017 a la
JURISDICCIÓN 72 – SUBJURISDICCIÓN 0 - MINISTERIO DE CULTURA, en las
partidas correspondientes.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, dese a la Dirección Nacional de
Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese. —Alejandro
Pablo Avelluto.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 19/06/2017 N° 42688/17 v. 19/06/2017
(Nota
Infoleg: Los anexos referenciados en
la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín
Oficial.)
ANEXO I