MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 635-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 15/06/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-01415239-APN-DMED#MC del registro del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario convocar el SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES 2017 en las fechas propuestas por el PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES, según el cronograma de presentación, selección y exhibición de obras, presentado como ANEXO I (IF-2017-09641640-APN-SECPC#MC) de la presente.

Que, con miras a la divulgación del certamen, resulta procedente aprobar el reglamento al que deberán sujetarse los participantes de cada disciplina, teniendo en cuenta sus singulares características, presentado como ANEXO II (IF-2017-09641550-APN-SECPC#MC) de la presente.

Que se ha procedido a calcular el monto de las erogaciones que se deberán efectuar con motivo de la realización del SALÓN NACIONAL, presentado como ANEXO III (IF-2017-09641509-APN- SECPC#MC) de la presente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el gasto que demande la presente medida cuenta con el financiamiento otorgado por la Ley N° 27.341 – PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el Ejercicio 2017 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2017.

Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de las facultades otorgadas por los Decretos N° 392/86, y la Ley de Ministerios Nº 22.520 (Texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorizar la convocatoria y realización del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES 2017, de acuerdo al cronograma que como ANEXO I (IF-2017-09641640-APN-SECPC#MC) integra la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Reglamento del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES 2017 que, como ANEXO II (IF-2017-09641550-APN-SECPC#MC) integra la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- Autorizar el gasto que demanda el cumplimiento del certamen de acuerdo con el detalle que como ANEXO III (IF-2017-09641509-APN-SECPC#MC) integra la presente medida.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande la presente será atendido con los créditos otorgados mediante la Ley N° 27.341 – PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL para el Ejercicio 2017 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de 2017 a la JURISDICCIÓN 72 – SUBJURISDICCIÓN 0 - MINISTERIO DE CULTURA, en las partidas correspondientes.

ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese. —Alejandro Pablo Avelluto.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 19/06/2017 N° 42688/17 v. 19/06/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)

ANEXO I



Anexo

Número: IF-2017-09641640-APN-SECPC#MC

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 23 de Mayo de 2017

Referencia: EX-2017-01415239- -APN-DMED#MC ANEXO I AUTORIZAR EL INICIO DE LA CONVOCATORIA Y LA REALIZACIÓN DE LA 106 EDICIÓN DEL SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES 2017.

ANEXO I

SALON NACIONAL DE ARTES VISUALES CRONOGRAMA

RECEPCIÓN DE CARPETAS

IyMA y Textil            29, 30 y 31 de marzo

Cerámica y

Fotografia                 4, 5 y 6 de abril


Dibujo y Escultura     10, 11 y 12 de abril

Grabado y Pintura     19, 20 y 21 de abril


ACTUACIÓN DE JURADOS: SELECCIÓN DE CARPETAS

Textil                       18 de abril

Cerámica                 28 de abril

Instalaciones y

Medios

Alternativos              3 de mayo

Fotografia                 9 de mayo

Dibujo                     11 de mayo

Grabado                  16 de mayo

Pintura                     22 de mayo

Escultura                  13 de junio
     
RECEPCIÓN DE OBRAS SELECCIONADAS

Fotografía y

Dibujo                      23 y 24 de mayo

Instalaciones y

Medios

Alternativos,

Cermica y Textil        31 de mayo, 1 y 2 de junio

Pintura y Grabado     15 y 16 de junio


Escultura                   5 y 6 de julio

ACTUACIÓN DE JURADOS: PREMIACIÓN DE OBRAS SELECCIONADAS

Fotografia                 5 de junio

Ceramica                 6 de junio

Textil                       7 de junio

Instalaciones y

Medios


Alternativos              8 de junio

Grabado                   26 de junio

Pintura                     28 de junio

Dibujo                      4 de julio

Escultura                  31 de julio

CALENDARIO DE EXHIBICIÓN

IyMA , Textil,

Ceramica y


Fotografía                  Del 8 de junio al 9 de julio

Premios /

Escultura y


Pintura                       Del 22 de agosto al 24 de septiembre

Dibujo y Grabado        Del 14 de noviembre al 31 de diciembre

DEVOLUCIÓN DE OBRAS SELECCIONADAS: en el desmontaje de cada exhibición

IyMA, Textil,

Cerámica y

Fotografia (menos

los premios)                 10 de julio

Pintura -

Escultura y

Premios no

adquisición                    25 de septiembre

Dibujo y Grabado A confirmar durante el mes de diciembre

ESCRUTINIO

DE VOTOS

JURADOS


IyMA, Textil y

Cerámica                       7 de abril

Fotografía, Dibujo

y Escultura                     17 de abril


Grabado y Pintura           2 de mayo


Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE


DN: cn=GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE, C=AR, o=MINISTERIO DE MODERNIZACION,

ou=SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA, serlalNumber=CUIT 30715117564

Date: 2017.05.23 13:35:49 -03'00
'


Marcelo Omar Panozzo

Secretario


Secretaria de Patrimonio Cultural

Ministerio de Cultura


Anexo II

Anexo

Número: IF-2017-096415 5 0-APN-SECPC#MC

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 23 de Mayo de 2017

Referencia: EX-2017-01415239- -APN-DMED#MC ANEXO II AUTORIZAR EL INICIO DE LA CONVOCATORIA Y LA REALIZACIÓN DE

LA 106 EDICIÓN DEL SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES 2017.

ANEXO II

SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES

REGLAMENTO


ART. 1°-: El MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION, organizador del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, dicta el presente REGLAMENTO que regirá su convocatoria, organización y pautas de funcionamiento.

La inauguración oficial, entrega de premios y diplomas del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES será el 21 de septiembre en el PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE- o en la fecha, lugar y espacio a determinar por el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION.

DEL FUNCIONAMIENTO EN GENERAL

ART. 2°-: FUNCIONAMIENTO DEL SALÓN. La edición 106° del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES se desarrollará mediante la modalidad de presentación de carpetas.

Los artistas participantes deberán entregar carpetas de presentación de obra que cumplimenten los requerimientos necesarios establecidos para cada una de las distintas especialidades dispuestas en este REGLAMENTO respetando las fechas y lugares indicados en el cronograma que en anexo se adjunta y que forma parte del presente.

El Jurado evaluará las carpetas de presentación de obra y seleccionará las que considere merezcan participar de la exhibición y de la instancia de premiación.

Los artistas seleccionados en la instancia de selección enviarán al PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE- su obra terminada -en las fechas establecidas en el cronograma- y el Jurado procederá a la premiación. Es imprescindible que la obra una vez montada tenga absoluta correspondencia con la obra presentada en la instancia de selección, bajo apercibimiento de quedar excluida

ART. 3°-: Los artistas podrán participar del SALON NACIONAL DE ARTES VISUALES con sólo una (1) obra por disciplina artística.

ART. 4°-: DE LA NO ADMISIÓN. No serán admitidas las siguientes obras: Las que no respeten las especificaciones técnicas exigidas para cada disciplina. Las que no cumplan con los requerimientos de la presentación de carpetas. Las que tengan una antigüedad de ejecución superior a dos años

Las que estén participando de manera simultánea en el SALON NACIONAL DE ARTES VISUALES y en otro concurso, muestra o exhibición.

Las que hayan participado en salones nacionales, provinciales, regionales, municipales o en cualquier otra instancia de índole competitiva, sin importar que hayan sido premiadas o no.

Los plagios.

Las realizadas por artistas extranjeros con menos de dos (2) años de residencia en el país. Las realizadas por artistas fallecidos presentados por terceros. Las que tengan pintura u otros materiales frescos.

Las que contengan elementos orgánicos, seres vivos, materiales perecederos y/o insectos disecados, salvo que hayan pasado por tratamientos que aseguren su conservación en el tiempo.

Las que hayan sido realizadas con materiales que puedan entrañar algún peligro para las personas o la infraestructura edilicia, como inflamables, explosivos, ácidos, productos químicos contaminantes, etc.

Las que se presenten una vez vencido el plazo, conforme al cronograma de presentación de carpetas, de acuerdo a su especialidad.

Las presentadas por jurados propuestos, cualquiera sea la disciplina a la que pertenezcan.

Las presentadas por artistas que tengan relación de parentesco hasta el tercer (3°) grado consanguíneo y/o afinidad con algún miembro del Jurado actuante dentro de la misma disciplina.

Las realizadas por empleados del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION cualquiera sea la dependencia donde desempeñe funciones.

Las producidas por más de un autor.

Las realizadas por artistas menores de 18 años.

Las presentadas por artistas que hayan sido sancionados en ediciones anteriores del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES.

Las de los artistas que no hubieran retirado en tiempo y forma obras de su autoría, seleccionadas y/o rechazadas en ediciones anteriores del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES.

ART. 5°-: DE LAS SANCIONES.

Serán sancionados con la prohibición de participar en el SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES por el término de dos (2) ediciones sin contar la edición del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES en que hayan sido sancionados, los artistas que no retiren en tiempo y forma obras seleccionadas de su autoría en ediciones anteriores y los artistas participantes que se retiren del proceso de selección y/o de premiación una vez iniciada la recepción de carpetas.


DE LAS DISCIPLINAS ARTÍSTICAS

ART. 6° DISCIPLINAS. Se establecen ocho (8) disciplinas artísticas: Cerámica, Dibujo, Escultura, Fotografía, Grabado, Instalaciones y Medios Alternativos, Pintura y Textil. Las obras a presentar deberán ser encuadradas en una de las disciplinas propuestas a criterio del autor. Cada disciplina cuenta con sus propias especificaciones técnicas y requisitos de presentación.

6.1. CERÁMICA

Especificaciones Técnicas

Las obras deberán respetar las siguientes medidas máximas:

una base de hasta doscientos centímetros (200 cm) en cualquiera de sus lados y una altura de hasta doscientos cincuenta centímetros (250 cm). En dichas medidas están comprendidos el marco, soporte y/o base si los tuviera. No serán admitidas las obras que hayan sido decoradas en frío o con la utilización de esmaltes sintéticos. Las obras no podrán tener una antigüedad superior a dos (2) años.

Requisitos de presentación de Carpeta

Dentro de un sobre A4 sin cerrar, sin identificar, sin anillar ni abrochar:

1. Formulario de inscripción completo en sus tres (3) hojas. Sólo se permitirá la identificación del autor en los campos indicados. El resto de la documentación que se adjunta deberá estar exenta de firmas de autoría.

2. Fotocopia de DNI del autor de la obra.

3. Fotografías color impresas en papel fotográfico. Tres (3) copias de la obra que participa que den cuenta del aspecto total de la misma. Se sugiere incluir -además-, dos (2) detalles que de cuenta de las características, cualidades y factura de la obra. El tamaño de las fotografías no debe exceder al tamaño de hoja A4. Al dorso de cada una se deberá indicar: título de la obra, año, técnica, materiales y medidas. No se deberá colocar el nombre del artista en ninguna de ellas.

4. Planos o bocetos: de ser necesario (si la obra es una instalación, recorrible, o un políptico, etc.) hasta tres (3) planos, render o bocetos tamaño A4, uno por hoja, que incluya un detalle gráfico del modo en que debe ser instalada la obra. Es responsabilidad del artista que en el detalle gráfico quede representada la vista general de la obra.

5. Memoria conceptual: es opcional para los artistas adjuntar una memoria conceptual de la obra. La misma no deberá superar las 500 palabras. En caso de ser necesario, el Jurado podrá leerlas. Las mismas no serán exhibidas en sala.

6. Texto: en caso de que algún texto formara parte constitutiva de la obra, debe adjuntarse en hoja aparte y deberá indicar cómo será presentado en el montaje. Exclusivo para textos que se exhibirán en sala.

8. Video: presentación en DVD, formato compatible con reproductor DVD, Windows Media Player y/o Video LAN-VLC. No debe contener créditos.

9. Audio: presentación en CD.

6.2. DIBUJO


Especificaciones Técnicas

Las obras deberán respetar las siguientes medidas máximas: doscientos centímetros (200 cm) de base y doscientos cincuenta centímetros (250 cm) de altura. En dichas medidas están comprendidos el marco y/o soporte si los tuviera. Las obras no podrán tener una antigüedad superior a dos (2) años.

Requisitos de presentación de Carpeta

Dentro de un sobre A4 sin cerrar, sin identificar, sin anillar ni abrochar:

1. Formulario de inscripción completo en sus tres (3) hojas. Sólo se permitirá la identificación del autor en los campos indicados. El resto de la documentación que se adjunta deberá estar exenta de firmas de autoría.

2. Fotocopia de DNI del autor de la obra.

3. Fotografías color impresas en papel fotográfico. Tres (3) copias de la obra que participa que den cuenta del aspecto total de la misma. Se sugiere incluir -además-, dos (2) detalles que de cuenta de las características, cualidades y factura de la obra. El tamaño de las fotografías no debe exceder al tamaño de hoja A4. Al dorso de cada una se deberá indicar: título de la obra, año, técnica, materiales y medidas. No se deberá colocar el nombre del artista en ninguna de ellas.

4. Planos o bocetos: de ser necesario (si la obra es una instalación, recorrible, o un políptico, etc.) hasta tres (3) planos, render o bocetos tamaño A4, uno por hoja, que incluya un detalle gráfico del modo en que debe ser instalada la obra. Es responsabilidad del artista que en el detalle gráfico quede representada la vista general de la obra.

5. Memoria conceptual: es opcional para los artistas adjuntar una memoria conceptual de la obra. La misma no deberá superar las 500 palabras. En caso de ser necesario, el Jurado podrá leerlas. Las mismas no serán exhibidas en sala.

6. Texto: en caso de que algún texto formara parte constitutiva de la obra, debe adjuntarse en hoja aparte y deberá indicar cómo será presentado en el montaje. Exclusivo para textos que se exhibirán en sala.

7. Material audiovisual: sólo se admite la presentación del material audiovisual que forme parte constitutiva de la obra.

8.- Video: presentación en DVD, formato compatible con reproductor DVD, Windows Media Player y/o Video LAN-VLC. No debe contener créditos.

9.- Audio: presentación en CD.

6.3. ESCULTURA

Las obras deberán respetar las siguientes medidas máximas: una base de hasta doscientos centímetros (200 cm) en cualquiera de sus lados y una altura de hasta doscientos cincuenta centímetros (250 cm). En dichas medidas están comprendidos el marco, soporte y/o base si los tuviera. Se deberá respetar el peso máximo de doscientos cincuenta kilogramos (250 kg).

Las obras no podrán tener una antigüedad superior a dos (2) años. Requisitos de presentación de Carpeta

Dentro de un sobre A4 sin cerrar, sin identificar, sin anillar ni abrochar:

1. Formulario de inscripción completo en sus tres (3) hojas. Sólo se permitirá la identificación del autor en los campos indicados. El resto de la documentación que se adjunta deberá estar exenta de firmas de autoría.

2. Fotocopia de DNI del autor de la obra.

3. Fotografías color impresas en papel fotográfico. Tres (3) copias de la obra que participa que den cuenta del aspecto total de la misma. Se sugiere incluir -además-, dos (2) detalles que de cuenta de las características, cualidades y factura de la obra. El tamaño de las fotografías no debe exceder al tamaño de hoja A4. Al dorso de cada una se deberá indicar: título de la obra, año, técnica, materiales y medidas. No se deberá colocar el nombre del artista en ninguna de ellas.

4. Planos o bocetos: de ser necesario (si la obra es una instalación, recorrible, o un políptico, etc.) hasta tres (3) planos, render o bocetos tamaño A4, uno por hoja, que incluya un detalle gráfico del modo en que debe ser instalada la obra. Es responsabilidad del artista que en el detalle gráfico quede representada la vista general de la obra.

5. Memoria conceptual: es opcional para los artistas adjuntar una memoria conceptual de la obra. La misma no deberá superar las 500 palabras. En caso de ser necesario, el Jurado podrá leerlas. Las mismas no serán exhibidas en sala.

6. Texto: en caso de que algún texto formara parte constitutiva de la obra, debe adjuntarse en hoja aparte y deberá indicar cómo será presentado en el montaje. Exclusivo para textos que se exhibirán en sala.

7. Material audiovisual: sólo se admite la presentación del material audiovisual que forme parte constitutiva de la obra.

8. Video: presentación en DVD, formato compatible con reproductor DVD, Windows Media Player y/o Video LAN-VLC. No debe contener créditos.

9. Audio: presentación en CD.

6.4. FOTOGRAFÍA Especificaciones Técnicas


Las obras deberán respetar las siguientes medidas máximas: doscientos centímetros (200 cm) de base y doscientos cincuenta centímetros (250 cm) de altura. En dichas medidas están comprendidos el marco y/o soporte si los tuviera. Las obras no podrán tener una antigüedad superior a dos (2) años.

Requisitos de presentación de Carpeta

1. Formulario de inscripción completo en sus tres (3) hojas. Sólo se permitirá la identificación del autor en los campos indicados. El resto de la documentación que se adjunta deberá estar exenta de firmas de autoría.

2. Fotocopia de DNI del autor de la obra.

3. Fotografías color impresas en papel fotográfico. Tres (3) copias de la obra que participa que den cuenta del aspecto total de la misma. Se sugiere incluir -además-, dos (2) detalles que de cuenta de las características, cualidades y factura de la obra. El tamaño de las fotografías no debe exceder al tamaño de hoja A4. Al dorso de cada una se deberá indicar: título de la obra, año, técnica, materiales y medidas. No se deberá colocar el nombre del artista en ninguna de ellas.

4. Planos o bocetos: de ser necesario (si la obra es una instalación, recorrible, o un políptico, etc.) hasta tres (3) planos, render o bocetos tamaño A4, uno por hoja, que incluya un detalle gráfico del modo en que debe ser instalada la obra. Es responsabilidad del artista que en el detalle gráfico quede representada la vista general de la obra.

5. Memoria conceptual: es opcional para los artistas adjuntar una memoria conceptual de la obra. La misma no deberá superar las 500 palabras. En caso de ser necesario, el Jurado podrá leerlas. Las mismas no serán exhibidas en sala.

6. Texto: en caso de que algún texto formara parte constitutiva de la obra, debe adjuntarse en hoja aparte y deberá indicar cómo será presentado en el montaje. Exclusivo para textos que se exhibirán en sala.

7. Material audiovisual: sólo se admite la presentación del material audiovisual que forme parte constitutiva de la obra.

8. Video: presentación en DVD, formato compatible con reproductor DVD, Windows Media Player y/o Video LAN-VLC. No debe contener créditos.

9. Audio: presentación en CD.

6.5. GRABADO Especificaciones Técnicas


Las obras deberán respetar las siguientes medidas máximas: doscientos centímetros (200 cm) de base y doscientos cincuenta centímetros (250 cm) de altura. En dichas medidas están comprendidos el marco y/o soporte si los tuviera. Las obras no podrán tener una antigüedad superior a dos (2) años.

Requisitos de presentación de Carpeta

Dentro de un sobre A4 sin cerrar, sin identificar, sin anillar ni abrochar:

1. Formulario de inscripción completo en sus tres (3) hojas. Sólo se permitirá la identificación del autor en los campos indicados. El resto de la documentación que se adjunta deberá estar exenta de firmas de autoría.

2. Fotocopia de DNI del autor de la obra.

3. Fotografías color impresas en papel fotográfico. Tres (3) copias de la obra que participa que den cuenta del aspecto total de la misma. Se sugiere incluir -además-, dos (2) detalles que de cuenta de las características, cualidades y factura de la obra. El tamaño de las fotografías no debe exceder al tamaño de hoja A4. Al dorso de cada una se deberá indicar: título de la obra, año, técnica, materiales y medidas. No se

4. Planos o bocetos: de ser necesario (si la obra es una instalación, recorrible, o un políptico, etc.) hasta tres (3) planos, render o bocetos tamaño A4, uno por hoja, que incluya un detalle gráfico del modo en que debe ser instalada la obra. Es responsabilidad del artista que en el detalle gráfico quede representada la vista general de la obra.

5. Memoria conceptual: es opcional para los artistas adjuntar una memoria conceptual de la obra. La misma no deberá superar las 500 palabras. En caso de ser necesario, el Jurado podrá leerlas. Las mismas no serán exhibidas en sala.

6. Texto: en caso de que algún texto formara parte constitutiva de la obra, debe adjuntarse en hoja aparte y deberá indicar cómo será presentado en el montaje.

Exclusivo para textos que se exhibirán en sala.

7. Material audiovisual: sólo se admite la presentación del material audiovisual que forme parte constitutiva de la obra.

8. Video: presentación en DVD, formato compatible con reproductor DVD, Windows Media Player y/o Video LAN-VLC. No debe contener créditos.

9. Audio: presentación en CD.

6.6. INSTALACIONES Y MEDIOS ALTERNATIVOS Especificaciones Técnicas

Esta disciplina comprende obras realizadas con la utilización de tecnologías electrónicas (video arte, producción digitalizada estática o cinética, multimedia y net art), objetos, instalaciones bi o tridimensionales y video-instalaciones. Las obras deberán respetar las siguientes medidas máximas: una base de hasta doscientos centímetros (200 cm) en cualquiera de sus lados y una altura de hasta doscientos cincuenta centímetros (250 cm).

Las obras no podrán tener una antigüedad superior a dos (2) años.

Todas las obras que hayan sido seleccionadas serán montadas por el autor con sus propios medios y recursos (materiales, herramientas, soporte técnico, personal, etc.) en el espacio, lugar y fecha que a tal efecto designe el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION por medio del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE-.

Las obras deberán estar terminadas y en condiciones finales para ser exhibidas.

El PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE- no proveerá bases, proyectores, pantallas, TV, reproductores, etc.

Las obras que se presenten en formato video no podrán exceder los diez (10) minutos de duración y deberán presentarse en DVD, un formato compatible con reproductor DVD, Windows Media Player y/o Video LAN-VLC. El video no debe contener créditos. Requisitos de presentación de Carpeta Dentro de un sobre A4 sin cerrar, sin identificar, sin anillar ni abrochar:

1. Formulario de inscripción completo en sus tres (3) hojas. Sólo se permitirá la identificación del autor en los campos indicados. El resto de la documentación que se adjunta deberá estar exenta de firmas de autoría.

4. Video: presentación en DVD, formato compatible con reproductor DVD, Windows Media Player y/o Video LAN-VLC. No debe contener créditos.

5. Audio: presentación en CD.

6. Planos o bocetos: si la obra es una instalación, recorrible, o un políptico, etc. hasta tres (3) planos, render o bocetos tamaño A4, uno por hoja, que incluya un detalle gráfico del modo en que debe ser instalada la obra. Es responsabilidad del artista que en el detalle gráfico quede representada la vista general de la obra.

5. Memoria conceptual: es opcional para los artistas adjuntar una memoria conceptual de la obra. La misma no deberá superar las 500 palabras. En caso de ser necesario, el Jurado podrá leerlas. Las mismas no serán exhibidas en sala.

6. Texto: en caso de que algún texto formara parte constitutiva de la obra, debe adjuntarse en hoja aparte y deberá indicar cómo será presentado en el montaje.

Exclusivo para textos que se exhibirán en sala.

7. Fotografías color impresas en papel fotográfico. De ser necesario Tres (3) copias de la obra que participa que den cuenta del aspecto total de la misma. Se sugiere incluir -además-, dos (2) detalles que den cuenta de las características, cualidades y factura de la obra. El tamaño de las fotografías no debe exceder al tamaño de hoja A4. Al dorso de cada una se deberá indicar: título de la obra, año, técnica, materiales y medidas. No se deberá colocar el nombre del artista en ninguna de ellas.

6.7. PINTURA

Especificaciones Técnicas:

Las obras deberán respetar las siguientes medidas: una máxima de doscientos centímetros (200 cm) de base y doscientos cincuenta centímetros (250 cm) de altura. En dichas medidas están comprendidos el marco y/o soporte si los tuviera. Las obras no podrán tener una antigüedad superior a dos (2) años.

Requisitos de presentación de Carpeta: Dentro de un sobre A4 sin cerrar, sin identificar, sin anillar ni abrochar:

1. Formulario de inscripción completo en sus tres (3) hojas. Sólo se permitirá la identificación del autor en los campos indicados. El resto de la documentación que se adjunta deberá estar exenta de firmas de autoría.

2. Fotocopia de DNI del autor de la obra.

3. Fotografías color impresas en papel fotográfico. Tres (3) copias de la obra que participa que den cuenta del aspecto total de la misma. Se sugiere incluir -además-, dos (2) detalles que de cuenta de las características, cualidades y factura de la obra. El tamaño de las fotografías no debe exceder al tamaño de hoja A4. Al dorso de cada una se deberá indicar: título de la obra, año, técnica, materiales y medidas. No se deberá colocar el nombre del artista en ninguna de ellas.

4. Planos o bocetos: de ser necesario (si la obra es una instalación, recorrible, o un políptico, etc.) hasta tres (3) planos, render o bocetos tamaño A4, uno por hoja, que incluya un detalle gráfico del modo en que debe

5. Memoria conceptual: es opcional para los artistas adjuntar una memoria conceptual de la obra. La misma no deberá superar las 500 palabras. En caso de ser necesario, el Jurado podrá leerlas. Las mismas no serán exhibidas en sala.

6. Texto: en caso de que algún texto formara parte constitutiva de la obra, debe adjuntarse en hoja aparte y deberá indicar cómo será presentado en el montaje. Exclusivo para textos que se exhibirán en sala.

7. Material audiovisual: sólo se admite la presentación del material audiovisual que forme parte constitutiva de la obra.

8. Video: presentación en DVD, formato compatible con reproductor DVD, Windows Media Player y/o Video LAN-VLC. No debe contener créditos.

9. Audio: presentación en CD.

6.8. TEXTIL


Especificaciones Técnicas

Las obras deberán respetar las siguientes medidas máximas: una base de hasta doscientos centímetros (200 cm) en cualquiera de sus lados y una altura de hasta doscientos cincuenta centímetros (250 cm). En dichas medidas están comprendidos el marco, soporte y/o base si los tuviera. Las obras no podrán tener una antigüedad superior a dos (2) años.

Requisitos de presentación de Carpeta

Dentro de un sobre A4 sin cerrar, sin identificar, sin anillar ni abrochar:

1. Formulario de inscripción completo en sus tres (3) hojas. Sólo se permitirá la identificación del autor en los campos indicados. El resto de la documentación que se adjunta deberá estar exenta de firmas de autoría.

2. Fotocopia de DNI del autor de la obra.

3. Fotografías color impresas en papel fotográfico. Tres (3) copias de la obra que participa que den cuenta del aspecto total de la misma. Se sugiere incluir -además-, dos (2) detalles que de cuenta de las características, cualidades y factura de la obra. El tamaño de las fotografías no debe exceder al tamaño de hoja A4. Al dorso de cada una se deberá indicar: título de la obra, año, técnica, materiales y medidas. No se deberá colocar el nombre del artista en ninguna de ellas.

4. Planos o bocetos: de ser necesario (si la obra es una instalación, recorrible, o un políptico, etc.) hasta tres (3) planos, render o bocetos tamaño A4, uno por hoja, que incluya un detalle gráfico del modo en que debe ser instalada la obra. Es responsabilidad del artista que en el detalle gráfico quede representada la vista general de la obra.

5. Memoria conceptual: es opcional para los artistas adjuntar una memoria conceptual de la obra. La misma no deberá superar las 500 palabras. En caso de ser necesario, el Jurado podrá leerlas. Las mismas no serán exhibidas en sala.

6. Texto: en caso de que algún texto formara parte constitutiva de la obra, debe adjuntarse en hoja aparte y deberá indicar cómo será presentado en el montaje. Exclusivo para textos que se exhibirán en sala.

8. Video: presentación en DVD, formato compatible con reproductor DVD, Windows Media Player y/o Video LAN-VLC. No debe contener créditos.

9. Audio: presentación en CD.

DE LA RECEPCIÓN DE CARPETAS

ART. 7°.- RECEPCIÓN DE LAS CARPETAS. Los artistas deberán presentar en las fechas y lugares indicados en el cronograma propuesto las carpetas que concursarán en la instancia de selección.

El cronograma y el formulario de inscripción podrán descargarse del sitio web www.palaisdeglace.gob.ar o bien les será provisto por el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION a través del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE-.

Los artistas deberán entregar sus carpetas personalmente y/o a través de terceros en el lugar y fechas indicados a tal efecto. Asimismo, podrán enviarlos por correo postal desde el lugar de su residencia indicando: SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES y la disciplina por la que concursa a Posadas 1725 (C1112ADE) Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se considerará la fecha de envío del sobre que indique el sello de la empresa por la cual se envía como fecha de recepción. Queda bajo la responsabilidad del artista que el sobre participante llegue con una antelación de 48 horas hábiles a la actuación del Jurado en la instancia de selección, de lo contrario no participará del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES.

Los artistas que envíen su carpeta por correo postal podrán enviar dentro del mismo el voto correspondiente a la elección del jurado. Las boletas de votación podrán ser descargadas del sitio web www.palaisdeglace.gob.ar

La sola inscripción al SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES implica la aceptación de su REGLAMENTO y fechas establecidas en el cronograma.

El formulario de inscripción tiene carácter de DECLARACIÓN JURADA y la omisión de su presentación de acuerdo a lo requerido acarrea la NO ADMISIÓN de la obra, conforme lo establecido en el Artículo 4o del presente REGLAMENTO.

En esta etapa y cumplidas todas las formalidades y requisitos establecidos en el presente REGLAMENTO, el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION a través del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE- le extenderá al presentante un recibo que acredita la inscripción al certamen.

ART. 8°-: No serán admitidas carpetas de presentación de obra de artistas que no hubieren retirado en tiempo y forma obras de su autoría seleccionadas y/o rechazadas en ediciones anteriores del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES.

DE LA SELECCIÓN DE CARPETAS

ART. 9°-: DE LA SELECCIÓN. De las carpetas presentadas, el Jurado seleccionará las que a su juicio tienen mérito suficiente para participar del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES y quedarán habilitadas para competir por los diferentes premios y menciones.

Aquellas que no fueran seleccionadas por el Jurado de selección quedarán fuera de competencia.

Es el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION a través del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE- quien se reserva la potestad de determinar la cantidad de obras que considere propicia seleccionar para la exhibición de cada una de las disciplinas artísticas.

DE LA RECEPCIÓN DE OBRA

ART. 10°-: RECEPCIÓN DE LAS OBRAS. Los artistas cuyas obras hayan sido elegidas en la instancia de selección deberán presentar su obra en el PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE-, o donde a sus efectos se disponga, en el acceso contiguo a la entrada de Avda. del Libertador 1248, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme el cronograma de presentación de obra que se publique en www.palaisdeglace.gob.ar

El artista que habiendo sido seleccionado no presente su obra en los días designados quedará fuera de competencia sin derecho a reclamo alguno y será sancionado.

Todas las obras que resulten seleccionadas y que así lo requieran, deberán ser acompañadas por un instructivo para su armado y serán dispuestas en el espacio que el personal del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE- considere propicio. Las obras que por su complejidad técnica o de instalación requieran la presencia de los artista, los que serán notificados de la fecha en que deberán asistir al PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE- para colaborar con el montaje.

Las obras deberán estar terminadas y en condiciones finales para ser exhibidas. El PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE- no provee bases, proyectores, pantallas, TV, reproductores, etc.

Las obras que hayan sido seleccionadas deberán guardar exacta correspondencia con lo presentado en la carpeta recibida en la instancia de selección. El Jurado excluirá del certamen cualquier obra que una vez montada no corresponda con la imagen, características y/o dimensiones presentadas en la carpeta.

ART. 11°-: DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN. El MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION a través del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE- velará en todo momento por la conservación de las obras presentadas al SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES. El área de Conservación y Restauración del Palacio Nacional de las Artes realizará una ficha respecto del estado de conservación de las obras que hayan sido seleccionadas al momento de ingresar al PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACEART. 12°-: DEL SEGURO. Los autores procederán a contratar por sus propios medios un seguro que cubra eventuales destrucciones, deterioros, pérdida, extravío, hurto o robo por una prima que cubra el valor que el autor estime para su obra, de considerarlo pertinente. El incumplimiento a la presente disposición libera al MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION de toda responsabilidad por los eventuales daños que pudieran producirse a la obra por terceros, caso fortuito, fuerza mayor y/o cualquier siniestro o evento que pudiera sufrir.

ART. 13°-: El envío y retiro de las obras es responsabilidad exclusiva de los participantes. El MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN no tomará a su cargo gasto alguno en concepto de fletes, franqueo, transporte y acarreo a excepción de lo estipulado en el Art. 36| del presente.

DE LA PREMIACIÓN

ART. 14°-: PREMIACIÓN. La premiación se realizará sobre las obras que fueron seleccionadas. El Jurado excluirá del certamen cualquier obra que una vez montada no corresponda con la imagen y/o dimensiones

Los artistas premiados en la disciplina de fotografía deberán enviar la imagen de la obra en alta definición, a saber: 300 dpi y no menor a 10 Mb a salonnacional@palaisdeglace.gob.ar Sólo para la disciplina Instalaciones y Medios Alternativos, la premiación se realizará en sala.

DE LA EXHIBICIÓN

ART. 15°-: EXHIBICIÓN. Las obras seleccionadas y premiadas serán exhibidas en el PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE- o en la institución que oportunamente determine el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION conforme el cronograma de premios y exhibición publicado por el organizador.

Los artistas participantes del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES aceptan la exhibición y/o itinerancia para exposición de sus obras dentro del ámbito de la República Argentina. En tales casos será el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION quien a su cargo y costo, contratará los seguros y traslados correspondientes. Serán los artistas seleccionados y premiados quienes deberán indicar en la ficha de ingreso de obra seleccionada la valuación de la misma.

DE LA DEVOLUCIÓN DE OBRAS

ART. 16°-: DEVOLUCIÓN DE LAS OBRAS. Las obras seleccionadas que no sean "PREMIO ADQUISICION" deberán ser retiradas por sus autores conforme el cronograma de devolución de obras establecido en el calendario del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES.

Las obras seleccionadas que en la instancia de premiación quedaran fuera de certamen por no cumplir con las disposiciones del presente REGLAMENTO deberán ser retiradas en las fechas y horarios que el PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE- notifique, bajo apercibimiento de sanción.

El vencimiento de los plazos establecidos operará automáticamente por el mero transcurso del tiempo y sin necesidad de intimación alguna. Dado que el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION no dispone de espacio para albergar obras que no pertenezcan a su patrimonio, transcurrido un (1) mes de vencido el plazo de retiro de obra el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION no será responsable por el destino de las mismas, pudiendo disponer de ellas con fines públicos. El autor perderá todo derecho a formular reclamos por esta cuestión, además de ser sancionado.

Los gastos y la responsabilidad que generen el retiro y traslado de las obras quedarán a cargo del autor exclusivamente, conforme a lo establecido en el Art. 13° del presente.

DEL JURADO

ART. 17° DE LOS JURADOS PROPUESTOS. La selección y premiación estará a cargo de un mismo Jurado compuesto por cinco (5) integrantes para cada disciplina que se conformará de la siguiente manera:

I. Un (1) jurado acorde a la disciplina, designado por el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN a través del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE- .

II. Cuatro (4) jurados, elegidos por los artistas sobre la base del listado propuesto por las instituciones participantes del SALON NACIONAL DE ARTES VISUALES.

La elección de estos últimos se realizará por voto directo de los artistas conforme lo establecido en el Art. 18°. Las instituciones participantes que agrupen profesionales del arte, que posean personería jurídica y con actividad reconocida por el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN podrán proponer una lista de hasta 4 (cuatro) candidatos por cada una de las disciplinas que manifiesten en forma previa y fehaciente su voluntad de participar, proclamándose los más votados. El PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE- podrá proponer también candidatos de manera subsidiaria si las entidades mencionadas no lo hicieran en número suficiente y/o tiempo solicitado.

Tendrán calidad de titulares los que ocupen el primero, segundo, tercero y cuarto lugar, el resto quedará en calidad de suplentes de acuerdo a la cantidad de votos obtenidos. En caso de empate, la designación se decidirá por sorteo; en el de renuncia, se designará al suplente.

Si renunciaran todos los candidatos votados, el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN a través del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE- nombrará directamente a los reemplazantes.

III. Cada jurado podrá ser propuesto como tal en sólo una disciplina dentro de una misma edición del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES.

ART. 18°-: ELECCIÓN DEL JURADO. La elección para constituir el Jurado de selección y premiación se ajustará a las siguientes normas:

I. En la fecha de recepción de carpetas de presentación de obra el artista concurrente emitirá su voto en una boleta que se le entregará y depositará en la urna preparada a tal efecto.

II. En el acto de votar el artista concurrente firmará un registro, que servirá para controlar el número de sufragios depositados en la urna.

III. Aquellos artistas que envíen sus carpetas de presentación de obra mediante correo postal, podrán emitir su voto y adjuntarlo al sobre que envíen desde su lugar de residencia. El listado de jurados propuestos estará publicado en www.palaisdeglace.gob.ar

IV. Finalizada la recepción de carpetas se procederá a cerrar la urna de votos y se labrará un acta a sus efectos que será suscripta por el último artista concurrente de la disciplina que corresponda.

ART. 19° El escrutinio se realizará en acto público con la presencia del Escribano General del Gobierno de la Nación que labrará un acta al efecto, a partir del último día de recepción de carpetas, en fecha, hora y lugar que determine el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION a través del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE-. Los veedores podrán asistir al mismo, previo aviso y acreditación, según lo establecido en el Art. 22°.

ART. 20° ACEPTACIÓN DEL CARGO. La aceptación del cargo por parte del jurado implica el conocimiento, aceptación y observancia del presente REGLAMENTO, al que deberá ajustar su actuación bajo apercibimiento de no acceder a la retribución correspondiente. Bajo esta modalidad el jurado actuará en dos oportunidades: en la instancia de selección que podrá extenderse a más de una jornada y en la instancia de premiación. Las fechas pautadas para cada una de ellas serán establecidas en el cronograma vigente.

ART. 21° IMPEDIMENTOS. El jurado que quiera participar nuevamente para el mismo cargo deberá dejar transcurrir un periodo de dos (2) ediciones, sin contar el último SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES en el que haya intervenido.

ART. 22° VEEDORES. Las instituciones que postulen listas de jurados podrán designar dos (2) veedores. El veedor deberá acreditar su personería mediante presentación del acta de designación al efecto o nota de presentación emitida por la Institución que representa, dirigida al Director del PALACIO NACIONAL DE

LAS ARTES -PALAIS DE GLACE- con una antelación de 48 horas hábiles a la actuación del Jurado. Asimismo, deberá presentarse con documento de identidad. Los veedores podrán estar presentes durante la actuación del Jurado tanto en la instancia de selección como de premiación pero sin voz ni voto. No podrán ser veedores los artistas que participen en una misma edición del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES.

ART. 23° QUÓRUM - SANCIÓN. Para formar el Jurado será necesaria la presencia de los cinco (5) miembros. Quien no asista a una sesión habiendo aceptado el cargo sin aviso previo a las 48 horas hábiles a la actuación, además de no percibir la retribución correspondiente, serán sancionados y alcanzados por el plazo establecido en el Art 5° (de las sanciones).

El Director del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE- podrá, discrecionalmente, designar algún profesional del ámbito cultural para que actúe en reemplazo del jurado faltante, percibiendo retribución económica por su labor.

El jurado que habiendo aceptado el cargo notificara al PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE-, con la antelación debida, que por razones de fuerza mayor no podrá actuar como tal, se lo tendrá por renunciante y será reemplazado automáticamente por un suplente y no percibirá la retribución establecida en el Art. 24°.

ART. 24° RETRIBUCIÓN. El MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION asignará a los jurados una retribución que fijará discrecionalmente, de conformidad con la viabilidad presupuestaria de la que disponga. También abonará los gastos de traslado de aquellos jurados que residan a una distancia superior a los 100 kilómetros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A tal efecto, es deber del jurado dar cumplimiento a lo previsto en el Art. 20° y concordantes del presente REGLAMENTO. Si el jurado actuara en sólo una instancia, percibirá un proporcional del honorario por su actuación como tal.

ART. 24° bis-: REQUISITOS PARA PERCIBIR LA RETIRBUCION. El MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION esta facultado para abonar los honorarios solamente a aquellos jurados que estén en condiciones de emitir factura per se y posean una cuenta bancaria donde transferir los fondos.

Los jurados que quieran ceder sus derechos podrán hacerlo mediante Escritura Pública, Poder General o Especial, por Mandato o por escrito pero con certificación de firmas ante Escribano Público. Asimismo podrán hacerlo ante autoridad competente designada por este MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION.

En los casos que los peticionarios sean del interior del país, podrán certificar firmas ante cualquier organismo oficial, la Policía Federal Argentina, Juzgados correspondientes a sus domicilios o en su caso se podrá realizar la certificación de firmas en el Banco donde tenga radicada su cuenta.

ART. 25°-: El Director del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE-convocará a los Jurados, asistiéndolos en su labor, con la responsabilidad de hacer cumplir el presente REGLAMENTO.

ART. 26°-: VOTACIÓN. Tanto en la instancia de selección como de premiación se requerirá en cada caso la voluntad coincidente de tres (3) votos de los cinco (5) jurados actuantes. El voto de los jurados es obligatorio.

Sólo para la votación del Gran Premio Adquisición, los jurados deberán fundamentar su voto por escrito y en secreto.

ART. 27°-: ACTAS De las actuaciones de los Jurados se labrarán las actas correspondientes a cada disciplina, que deberán receptar las distintas alternativas de la votación que se presenten.

En forma presencial y previa solicitud, se podrán verificar las actas de selección y de premiación.

ART. 28°-: CARÁCTER DEL FALLO. Las decisiones y fallos del Jurado no podrán ser apelados, salvo que por cuestiones de incumplimiento al presente REGLAMENTO se disponga lo contrario.

DE LOS PREMIOS

ART. 29°-: DE LAS RECOMPENSAS - NÓMINA. A cada una de las disciplinas se le otorgará las siguientes recompensas:

1- GRAN PREMIO ADQUISICIÓN "PRESIDENCIA DE LA NACION ARGENTINA", $ 100.000.- y diploma.

2 - PRIMER PREMIO ADQUISICIÓN, $ 60.000 - y diploma.

3.- SEGUNDO PREMIO, $ 30.000.- y diploma.

4.- TERCER PREMIO, $15.000.- y diploma.

5.- 6.- y 7.- TRES (3) MENCIONES, diploma a cada una.

El Jurado está facultado para otorgar una (1) mención adicional a la referida en los puntos 5, 6 y 7 si considera que hay una obra con mérito suficiente para ello y se denominará "Mención Especial del Jurado".

Las menciones no serán consideradas premio a los efectos del Art. 33° del presente.

ART. 30°-: DE LAS RECOMPENSAS - CARÁCTER. Todas las recompensas son indivisibles y se adjudicarán mediante votaciones sucesivas hasta que se determinen los ganadores por simple mayoría Los premios no pueden ser declarados desiertos.

ART. 30 bis-: REQUISITOS PARA PERCIBIR LAS RECOMPENSAS. El MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION esta facultado para abonar los premios solamente a los artistas que posean una cuenta bancaria donde transferir los fondos.

Los artistas que quieran ceder sus derechos podrán hacerlo mediante Escritura Pública, Poder General o Especial, por Mandato o por escrito pero con certificación de firmas ante Escribano Público. Asimismo podrán hacerlo ante autoridad competente designada por este MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION.

En los casos que los peticionarios sean del interior del país, podrán certificar firmas ante cualquier organismo oficial, la Policía Federal Argentina, Juzgados correspondientes a sus domicilios o en su caso se podrá realizar la certificación de firmas en el Banco donde tengaradicada su cuenta.

ART. 31°-: GRAN PREMIO ADQUISICIÓN. Las obras distinguidas con el GRAN PREMIO ADQUISICIÓN "PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ARGENTINA" quedarán incorporadas automáticamente al patrimonio del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE- del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN y sus autores cederán los derechos de reproducción de su obra para fines de difusión cultural en cualquier formato.

Aquellos autores que habiendo obtenido este premio no tengan la edad que determina la Ley N° 24.241 para percibir la pensión vitalicia que otorga la Ley 20.733 (promulgada el 23/09/1974 BO 23.003), serán

La adquisición de la obra incluye a la totalidad de las piezas que forman parte constitutiva de la misma (por ejemplo: equipamiento electrónico, software, etc) y de todos los elementos necesarios para su posterior montaje.

ART. 32°-: En caso de que un artista hubiera obtenido un GRAN PREMIO ADQUISICIÓN "PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ARGENTINA" en ediciones anteriores del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, podrá participar en cualquiera de las otras siete (7) disciplinas restantes y obtener hasta el PRIMER PREMIO ADQUISICIÓN.

ART. 33°-: PRIMER PREMIO ADQUISICIÓN. Las obras distinguidas con el PRIMER PREMIO ADQUISICIÓN quedarán incorporadas automáticamente al patrimonio del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE- del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION y los autores cederán los derechos de reproducción de su obra para fines de difusión cultural en cualquier formato.

La adquisición de la obra incluye a la totalidad de las piezas que forman parte constitutiva de la misma (por ejemplo: equipamiento electrónico, software, etc) y de todos los elementos necesarios para su posterior montaje.

ART. 34°-: Ningún artista participante podrá obtener un premio igual o inferior al que hubiera obtenido con anterioridad en otras ediciones del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES en la misma disciplina. La obtención de un premio -que no sea el GRAN PREMIO ADQUISICIÓN "PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ARGENTINA"- en una edición previa del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES, no impedirá que en futuras presentaciones sus obras se sometan al proceso de selección y premiación establecido en los artículos 9°, 14° y 29° del presente REGLAMENTO.

ART. 35°-: La sola participación en el concurso implica que los autores de aquellas obras que en el marco del SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES resulten seleccionadas y/o premiadas para su exposición autorizan expresamente al MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN para que, en el marco de los fines públicos que tiene asignados, proceda a la edición, publicación, representación y reproducción de dichas obras en cualquier soporte físico y sin límites temporales, espaciales, cuantitativos o de otra naturaleza.

DISPOSICIONES FINALES

ART. 36°-: La sola inscripción y participación en el SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES implica la aceptación de este REGLAMENTO en todas sus partes, como así también el deber de colaborar con el área de administración del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE-, aportando con la celeridad debida toda la documentación requerida a jurados, participantes y/o premiados con el objeto de cumplir sus disposiciones.

ART. 37°-: Tanto el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN como el PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE- están eximidos de mantener correspondencia y/o comunicación alguna con los participantes, quienes podrán consultar el resultado de la competencia en la página web institucional www.palaisdeglace.gob.ar.

ART. 38°-: Todo caso no previsto en este REGLAMENTO será resuelto por el MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION por medio del PALACIO NACIONAL DE LAS ARTES -PALAIS DE GLACE- y su decisión será inapelable.

Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE


DN: cn=GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE, C=AR, o=MINISTERIO DE MODERNIZACION,

ou=SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA, serlalNumber=CUIT 30715117564

Date: 2017.05.23 13:35:25 -03'00'


Marcelo Omar Panozzo

Secretario


Secretaria de Patrimonio Cultural

Ministerio de Cultura


ANEXOIII

Anexo

Número: IF-2017-096415 09-APN-SECPC#MC

CIUDAD DE BUENOS AIRES

Martes 23 de Mayo de 2017

Referencia: EX-2017-01415239- -APN-DMED#MC ANEXO III AUTORIZAR EL INICIO DE LA CONVOCATORIA Y LA REALIZACIÓN DE LA 106 EDICIÓN DEL SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES 2017.

ANEXO III

SALÓN NACIONAL DE ARTES VISUALES

PRESUPUESTO





Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE


DN: cn=GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE, C=AR, o=MINISTERIO DE MODERNIZACION,

ou=SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA, serlalNumber=CUIT 30715117564

Date: 2017.05.23 13:35:16 -03'00'


Marcelo Omar Panozzo

Secretario


Secretaria de Patrimonio Cultural

Ministerio de Cultura