MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 564-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 16/05/2017
VISTO el Expediente N° 1.750.266/17 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 3 y 3 vta. obra el acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN
BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO) por el sector gremial y el
BANCO PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA por el sector empleador, conforme lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por medio de dicho acuerdo, las partes han convenido otorgar a
todos los trabajadores alcanzados por el Convenio Colectivo de Trabajo
N° 18/75 una gratificación extraordinaria remunerativa por única vez,
conforme las prescripciones y demás consideraciones que obran en el
texto al cual se remite.
Que las partes firmantes se encuentran legitimadas para celebrar el
presente acuerdo; conforme surge de los antecedentes de autos.
Que asimismo han acreditado su personería y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que el ámbito de aplicación del acuerdo celebrado, se corresponde con
la actividad de la empresa firmante, y la representatividad de la
entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren
los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo,
comúnmente denominado “orden público laboral”.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo
de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
48/15.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 3 y 3
vta. celebrado entre la ASOCIACIÓN BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE
BANCO) por el sector gremial y el BANCO PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA por
el sector empleador, del Expediente N° 1.750.266/17, conforme lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250.
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.
Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el
Departamento Coordinación registre el acuerdo glosado a fojas 3 y 3
vta. del Expediente N° 1.750.266/17.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente,
procédase a la guarda conjuntamente con el Convenio Colectivo de
Trabajo N° 18/75.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ezequiel Sabor.
Expediente N° 1.750.266/17
Buenos Aires, 22 de mayo de 2017
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 564/17 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3 y 3 vuelta del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 565/17. — Jorge
Alejandro Insua, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 22/06/2017 N° 41909/17 v. 22/06/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)