MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Resolución 412-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 30/06/2017
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2017-12349931- -APN-DSA#INASE del
Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Resolución N° 187 de fecha
17 de junio de 2015 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS,
organismo descentralizado en la órbita del ex - MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y,
CONSIDERANDO:
Que la Resolución N° 187 de fecha 17 de junio de 2015 del Registro del
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita
del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA tiene como
objetivo desalentar el empleo de semilla de soja proveniente del
mercado ilegal, así como regularizar y controlar la utilización de
semilla de propia producción.
Que dicha normativa fija el día 30 de junio de 2017 como fecha de
vencimiento de la declaración de reserva de semilla de uso propio de
soja, correspondiente a la Campaña 2016/2017.
Que es necesario brindar a los productores el tiempo necesario para la
carga de los datos y el correcto acceso al sistema informático
utilizado, teniendo presente las consecuencias de los temporales y
anegamientos contínuos que han sufrido las principales zonas
productivas del país.
Que, siendo de público conocimiento las dificultades y demoras que han
traído aparejadas los recientes temporales y anegamientos para el
desarrollo de la actividad agrícola, resulta conveniente y oportuno
prorrogar el vencimiento mencionado.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en
virtud de las facultades otorgadas por el Artículo 15 y concordantes de
la Ley N° 20.247 y por lo establecido mediante el Decreto N° 217 de
fecha 19 de enero de 2016.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase la fecha de vencimiento de la presentación de
la Declaración Jurada sobre la semilla reservada para uso propio
(Artículo 27 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas N°
20.247) a la que se refiere el segundo párrafo del Artículo 4° de la
Resolución N° 187 de fecha 17 de junio de 2015 del Registro del
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita
del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, hasta el día 31
de julio de 2017.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Raimundo Lavignolle.
e. 04/07/2017 N° 46674/17 v. 04/07/2017