VISTO el Decreto N° 357/02, modificado por su similar N° 35/16, la
Decisión Administrativa N° 213/16, la Resolución MC Nº 392E/2017, y el
Expediente N° 2017-04988875-APN-DMED#MC del registro del MINISTERIO DE
CULTURA DE LA NACIÓN, y
Que a través de la Resolución citada en el Visto, se aprobaron los
criterios para la implementación y funcionamiento operativo de MICA
PLATAFORMA, así como las pautas de selección para conformar la
delegación argentina en las futuras ediciones del MERCADO DE INDUSTRIAS
CULTURALES DEL SUR. (Anexo II, IF-2017-05008812-APN-DNEC#MC)
Que, en ambos casos, se prevé que la SUBSECRETARIA DE ECONOMÍA
CREATIVA, ejerciendo el carácter de autoridad de aplicación de la
citada norma, efectúe las convocatorias necesarias para los mencionados
eventos, y adopte las decisiones reglamentarias para su implementación,
con intervención de las áreas técnicas dependientes de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA.
Que MICA PLATAFORMA es el encuentro periódico nacional destinado a
consolidar la experiencia de los MERCADOS DE INDUSTRIAS CULTURALES DE
LA ARGENTINA (MICA), y en ese marco, se constituye como un espacio de
convergencia entre los compradores de bienes y servicios originados en
las industrias creativas, y los oferentes de dichos bienes.
Que corresponde determinar la fecha y el lugar de realización de MICA
PLATAFORMA, edición 2017.
Que el MINISTERIO DE CULTURA aportará los recursos de carácter
logístico para su concreción y desarrollará una plataforma digital que
permita la vinculación entre los actores que ofrecen y demandan bienes
y servicios ligados a la economía creativa, generando una agenda de
encuentros y reuniones (rondas), para que estos exploren libremente
acuerdos potenciales y oportunidades de negocios.
Que es necesario explicitar los mecanismos operativos para que los
usuarios interesados puedan inscribirse en la plataforma, y aportar
información sobre sus perfiles, incluyendo datos de sus
emprendimientos, trayectoria, muestras, y otros elementos de interés,
que permitan la interacción entre los inscriptos generando una matriz
de intereses compartidos y un sistema de reciprocidad para el armado de
una agenda de reuniones comunes.
Que, al mismo tiempo, durante la realización de MICA PLATAFORMA, se
realizarán muestras de música y artes escénicas en vivo frente a
compradores acreditados (productores, programadores de giras y
festivales, empresarios de salas teatrales, entre otros) denominados
Showcases.
Que, debido a la naturaleza y las características de esta actividad, de
tiempo acotado, el número de showcases se encuentra limitado por la
capacidad operativa del evento, y por esa razón, a través de la
Resolución MC Nº 392 E/2017, se estableció que el MINISTERIO DE CULTURA
efectuará una convocatoria pública para seleccionar a sus participantes.
Que en ese marco, corresponde aprobar el documento de bases y
condiciones de la convocatoria para participar de los Showcases de
música en vivo y artes escénicas durante la edición de MICA PLATAFORMA
2017.
Que el MERCADO DE INDUSTRIAS CULTURALES DEL SUR (MICSUR), es el
encuentro bienal que reúne a productores culturales de diez países del
cono sur; Argentina, Brasil, Chile, Uruguay, Perú, Paraguay, Bolivia,
Venezuela, Ecuador y Colombia, agrupados en seis sectores de las
industrias creativas (audiovisual, editorial, música, artes escénicas,
videojuegos y diseño) y está organizado por las áreas nacionales de
cultura de cada nación, con sede rotativa.
Que MICSUR funciona, a nivel regional, con la lógica descripta en los
considerandos precedentes para MICA PLATAFORMA, y en tal sentido, el
evento alberga encuentros y rondas de negocios entre oferentes y
compradores de bienes y servicios, en cada sector.
Que la delegación argentina está conformada, en cada edición, por el
número de productores que determina el comité ejecutivo de MICSUR, y el
MINISTERIO DE CULTURA aporta el traslado de la misma hasta la sede del
evento y cubre el alojamiento necesario.
Que, por esa razón, a través de la Resolución MC Nº 392 E/2017, se
destaca que es necesario establecer mecanismos públicos y transparentes
para seleccionar a los integrantes de la mencionada delegación, y que,
a tal efecto, la autoridad de aplicación de la norma debe formalizar la
convocatoria pública pertinente.
Que por lo expuesto corresponde aprobar el documento de bases y
condiciones de la convocatoria para integrar la delegación argentina en
la edición 2018 del MERCADO DE INDUSTRIAS CULTURALES DEL SUR (MICSUR),
que tendrá lugar en la Ciudad de San Pablo, República Federativa de
Brasil entre el 23 y el 29 de abril de ese año.
Que debido a la identidad de objeto entre los eventos reglamentados por
esta Disposición, es oportuno implementar un formulario único digital,
que cada uno de los participantes podrá utilizar para incorporar su
perfil, con la posibilidad de aplicar de a MICA PLATAFORMA 2017 (rondas
de negocios y/o Showcases) y MICSUR 2018, de manera conjunta o
alternativa, y en el rol de oferentes o demandantes, o en ambos.
Que, sin perjuicio de lo anterior, para dar cumplimiento a las
disposiciones de la Resolución MC Nº 392 E/2017, ANEXO II (IF-
2017-05008812-APN-DNEC#MC), resulta necesario establecer mecanismos
particulares relativos al período de inscripción para cada evento,
gestión y validación de las rondas de negocios en MICA PLATAFORMA,
conformación de los jurados que actuarán para seleccionar los
Showcases, e integrar la delegación argentina que viajará a MICSUR
2018, entre otros aspectos.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención
de su competencia.
Que la presente medida se dicta de acuerdo con las facultades delegadas
en el artículo 3º de la Resolución MC Nº 392 E/2017.
ARTÍCULO 1º.- Establecer los días 6, 7 y 8 de octubre del corriente
año, como fecha de realización del evento MICA PLATAFORMA 2017, que
tendrá lugar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en las locaciones
que serán informadas oportunamente a través de sus instrumentos de
difusión.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el formulario único digital que se utilizará
para inscribirse y participar en las diferentes alternativas de MICA
PLATAFORMA, y para aplicar en la convocatoria que determinará la
conformación de la delegación argentina en el MERCADO DE INDUSTRIAS
CULTURALES DEL SUR 2018, agregado como anexo I a la presente
Disposición (IF-2017-12527609-APN-DNEC#MC )
ARTÍCULO 3º.- Apruébanse las pautas operativas para la inscripción a
las rondas de negocios en MICA PLATAFORMA 2017, y el protocolo de
funcionamiento de la agenda digital del evento, de acuerdo con los
criterios explicitados en el anexo II de la presente medida
(IF-2017-12528849-APN-DNEC#MC )
ARTÍCULO 4º.- Apruébase el documento de bases y condiciones para
participar en la convocatoria a las muestras de música y artes
escénicas en vivo (Showcases) durante MICA PLATAFORMA 2017, de acuerdo
con el detalle consignado en el anexo III de la presente Disposición
(IF-2017-12533618-APN- DNEC#MC )
ARTÍCULO 5º.- Apruébase el documento de bases y condiciones para
participar del certamen que determinará la conformación de la
delegación Argentina en la edición 2018 del MERCADO DE INDUSTRIAS
CULTURALES DEL SUR (MICSUR), de conformidad con lo establecido en el
anexo IV de la presente medida. (IF-2017-12533630-APN-DNEC#MC )
ARTÍCULO 6º.- Regístrese, notifíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL para su publicación, y cumplido, archívese — Andrés
Gribnicow.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en
la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán
ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha
767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 05/07/2017 N° 47032/17 v. 05/07/2017
Informe
Número:
IF-2017-12527609-APN-DNEC#MC
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Lunes 26 de Junio de 2017
Referencia: S/ Anexo I
disposición MICA/MICSUR 2017
ANEXO I
FORMULARIO UNICO
DIGITAL
Todos las personas, empresas, u organizaciones que deseen aplicar a
MICA PLATAFORMA 2017 (rondas de negocios), MICA PLATAFORMA 2017
(Showcases) y MICSUR 2018 (delegación y showcases) , de manera conjunta
o alternativa, deberán habilitar un usuario en la plataforma
desarrollada con ese objeto, y habilitar el botón de opción
correspondiente a la opción deseada, dentro el formulario único digital
de inscripción.
El formulario único digital estará conformado con cuatro campos
relativos a la carga de datos:
1) Campo relativo a la información general sobre el perfil y la
actividad que desarrollan las organizaciones, empresas, o personas
inscriptas
2) Campo donde se incorporará la información identitaria de las
personas que asistirán a las rondas de negocios, en representación
propia, o de las organizaciones o empresas inscriptas.
3) Campo dedicado a describir el perfil de los participantes que
seleccionen el carácter de "oferentes". Se cargarán líneas de
productos, unidades de negocios, servicios, proyectos, o actividades,
que los participantes desean mostrar en la plataforma, con un máximo de
10 por persona, organización o empresa.
4) Campo dedicado a describir el perfil de los participantes que
seleccionen el carácter de "demandantes", donde se describirá el tipo
de producto o servicio que busca como insumo para su actividad.
Cuando se seleccione el doble carácter (demandante y oferente) será
necesario completar los campos 3 y 4, además de los campos 1 y 2 que se
completan en todos los casos.
No se evaluaran formularios que no se encuentren debidamente
completados, en todos los campos que correspondan de acuerdo con las
opciones seleccionadas.
Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE
DN: cn=GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE, C=AR, o=MINISTERIO DE
MODERNIZACION,
ou=SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA, serlalNumber=CUIT
30715117564
Date: 2017.06.26 17:16:03 -03'00'
Maximo Jacoby
Director Nacional
Dirección Nacional de Emprendedorismo Cultural
Ministerio de Cultura
Informe
Número: IF-2017-12528
849-APN-DNEC#MC
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Lunes 26 de Junio de 2017
Referencia: S/ Anexo II
disposición MICA/MICSUR 2017
ANEXO II
MICA PLATAFORMA 2017. FUNCIONAMIENTO DE LAS RONDAS DE NEGOCIOS
1. Destinatarios
La convocatoria para participar en las rondas de negocios, está
orientada a emprendedores, productores, gestores y empresas culturales,
que desarrollen su actividad en cualquiera de los sectores ligados a
las industrias creativas, incorporados al formulario único digital
(Anexo I IF-2017-12527609-APN-DNEC#MC)
Al mismo tiempo, cada uno de los sectores se dividirá en subsectores,
también incorporados al formulario único. Los subsectores se describen
con la finalidad de permitir mayor precisión en la identificación de
intereses comunes, y posibilitar la conformación de una agenda de
reuniones que responda a las expectativas de cada participante. Se
podrá seleccionar más de un subsector durante el proceso de carga de
datos.
2. Inscripción
Podrán participar en las rondas de negocios de MICA PLATAFORMA 2017,
personas jurídicas legalmente constituidas, y personas humanas de todas
las nacionalidades, mayores de 18 años, que desarrollen su actividad en
alguno de los seis sectores de las industrias creativas enunciados en
el párrafo precedente.
Cada uno de los participantes deberá generar un usuario en la
plataforma habilitada dentro del sitio web del MINISTERIO DEL CULTURA,
habilitar el botón de opción correspondiente y proceder a la carga de
datos.
Cada uno de los participantes podrá inscribirse en carácter de oferente
(quien desea ofrecer productos, bienes, y/o servicios profesionales o
especializados derivados de su actividad), en carácter de demandante de
esos bienes y servicios, o seleccionar el doble carácter. El formulario
único digital habilitará esta última opción.
La inscripción dará comienzo el día de la publicación de la presente
Disposición en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, y la carga
de datos permanecerá activa hasta el día 18 de septiembre de 2017.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Disposición N° 10/2017 de la Subsecretaría de Economía Creativa B.O. 19/09/2017 se prorroga el plazo, dejando establecido que la carga de datos para inscribirse a las rondas
de negocios de MICA PLATAFORMA 2017, permanecerá activa hasta el día 22
de septiembre del corriente año)
3. Funcionamiento de la plataforma y generación de rondas.
Quienes se inscriban en la plataforma y completen debidamente el
formulario único digital, podrán consultar progresivamente y conforme a
la carga de datos, los perfiles de otros usuarios, con el objeto de
promover oportunidades de negocios e instancias de trabajo asociado
entre ellos. Podrán visualizarlos, e identificar a aquellos que podrían
ser su contraparte en las rondas de negocios de MICA PLATAFORMA 2017.
Adicionalmente, a partir de la tercera semana del mes de agosto del
corriente año, la plataforma habilitará la interacción entre usuarios
demandantes y oferentes, que podrán solicitar reuniones,
recíprocamente, con aquellas personas, empresas u organizaciones cuyo
perfil resulte de interés.
En el momento de recibir una solicitud, el usuario requerido podrá
asignar un nivel de interés en concretar la reunión, que será: 1
(interés prioritario) 2 (Interés relativo), 3 (poco interés) o 4
(rechazarsolicitud). La plataforma fijará la matriz de interés y
priorizará cada reunión armando una agenda. Cada participante tendrá un
máximo de doce (12) reuniones diarias, de quince (15) minutos de
duración cada una. Cuando resulte necesario priorizar entre reuniones
con idéntico nivel de interés, debido al cupo máximo previsto, la
plataforma tendrá en cuenta el día y la hora en que se formuló la
solicitud.
El día 18 de septiembre de 2017 finalizará la carga de datos, y con
posterioridad cada uno de los inscriptos recibirá, en el correo
electrónico consignado, la agenda de reuniones previstas para cada día
del evento.
Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE
DN: cn=GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE, C=AR, o=MINISTERIO DE
MODERNIZACION,
ou=SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA, serlalNumber=CUIT
30715117564
Date: 2017.06.26 17:24:02 -03'00'
Maximo Jacoby
Director Nacional
Dirección Nacional de Emprendedorismo Cultural
Ministerio de Cultura
Informe
Número:
IF-2017-12533618-APN-DNEC#MC
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Lunes 26 de Junio de 2017
Referencia: S/ Anexo III
disposición MICA/MICSUR 2017
ANEXO
III
MUESTRAS
DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS EN VIVO (SHOWCASES)
1) Destinatarios
Todos los participantes que se inscriban en el rol de "oferentes", y se
desempeñen en el sector de la música o las artes escénicas, podrán
aplicar para participar de las muestras en vivo denominadas
"Showcases", frente a compradores acreditados (productores,
programadores de giras y festivales, empresarios de salas teatrales,
entre otros).
2) Inscripción
Aquellas personas que opten por aplicar a los Showcases deberán
habilitar el botón de opción correspondiente y proceder a la carga de
datos. Deberán indicar, entre los proyectos cargados en el campo 3,
cuales son los que están postulando para la muestra en vivo.
La inscripción dará comienzo el día de la publicación de la presente
Disposición en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, y la carga
de datos permanecerá activa hasta el día 4 de agosto de 2017.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Disposición N° 7/2017 de la Subsecretaría de Economía Creativa B.O. 3/8/2017 se prorroga el plazo establecido en el presente párrafo, dejando
establecido que la opción para aplicar a las muestras de música y artes
escénicas en vivo (Showcase) durante MICA Plataforma, permanecerá
activa hasta el día 11 de agosto de 2017, inclusive.)
3) Música en vivo: Destinatarios, duración, y recursos técnicos.
Podrán aplicar para las muestras de música en vivo bandas o solistas de
origen argentino o residentes en el país, de todos los estilos y
géneros musicales, de manera directa, o a través de sus productores o
representantes de acuerdo a la carga del formulario único digital.
Los postulantes deberán tener, como mínimo, dos (2) discos editados a
nivel nacional y/o Internacional (digital o físico), y cuatro (4) años
de carrera profesional con shows en vivo acreditados mediante notas o
menciones en medios de gráficos o material de difusión.
Los artistas seleccionados deberán facilitar el material promocional
oportunamente solicitado en el proceso de aplicación. No se utilizará
material o información aportada bajo otras modalidades. Las muestras de
música en vivo tendrán una duración de veinticinco (25) minutos.
La organización de MICA PLATAFORMA 2017, proveerá técnica y backline
standard para las muestras, pero será responsabilidad de los músicos
contar con todos los instrumentos necesarios y cualquier elemento
adicional o accesorio que requieran en virtud de las características de
la presentación. En todos los casos, la organización determinará si
resulta técnicamente viable utilizar elementos accesorios sugeridos por
los músicos.
4) Artes escénicas en vivo: Destinatarios, duración, y recursos
técnicos.
Podrán aplicar para las muestras de artes escénicas en vivo, artistas
que realicen espectáculos unipersonales, elencos artísticos conformados
por doce (12) participantes como máximo, de manera directa, o a través
de sus productores o representantes de acuerdo a la carga del
formulario único digital.
Las representaciones tendrán una duración máxima de sesenta (60)
minutos y deben tener la flexibilidad necesaria para adaptarse a
diferentes espacios de muestreo.
La organización de MICA PLATAFORMA 2017, proveerá la técnica, el
escenario, y recursos básicos de producción para la puesta en escena
del espectáculo, pero será responsabilidad de los actores contar con
los elementos escenográficos necesarios cuyas características deberán
acordar con la organización. En todos los casos, la organización
determinará si resulta técnicamente viable utilizar los elementos
sugeridos por el elenco.
d) Jurados y criterios de selección.
Para cada una de las especialidades (música y artes escénicas), se
conformará un jurado conformado de la siguiente manera:
Un (1) funcionario del Ministerio de Cultura con rango no inferior a
Director Nacional y competencias vinculadas; un (1) profesional
reconocido del sector proveniente del ámbito privado; dos (2) miembros
de organizaciones, cámaras o entes representativo de la industria
creativa específica, un (1) periodista especializado en la materia con
reconocida trayectoria.
El jurado efectuará la selección considerando la calidad del solista,
banda o elenco postulado, su trayectoria, recorrido artístico, y las
características de la propuesta. Deberá también considerar la necesidad
de generar muestras que incluyan expresiones de diferentes regiones del
país, y la diversidad en los perfiles seleccionados.
En el caso de los "Showcases" de música se seleccionarán doce (12)
propuestas y se programarán cuatro (4) por día. Se seleccionarán,
adicionalmente, seis (6) propuestas suplentes. Si alguno de los doce
proyectos seleccionados declinara su participación, no entregase la
documentación requerida en este anexo, o no suscribiera la autorización
prevista, se incorporará al primer proyecto suplente, y los sucesivos
de ser necesario.
En el caso de los "Showcases" de artes escénicas se seleccionarán seis
(6) propuestas y se programarán dos (2) por día. Se seleccionarán,
adicionalmente, cuatro (4) propuestas suplentes. Si alguno de los seis
proyectos seleccionados declinara su participación, no entregase la
documentación requerida en este anexo, o no suscribiera la autorización
prevista, se incorporará al primer proyecto suplente, y los sucesivos
de ser necesario.
El dictamen del jurado será aprobado mediante el acto administrativo
pertinente. El mismo no será objetable o pasible de revisión en el
aspecto conceptual, sin perjuicio de los recursos que puedan
interponerse contra el citado acto administrativo, en el marco de la
normativa vigente y por las razones que la misma habilita.
Los resultados serán comunicados con una antelación no menor a 21 días
de la fecha programada para la muestra.
e) Envío de documentación y autorización
Para confirmar la participación en los Showcases los participantes
deberán remitir escaneada y convertido a formato PDF, la siguiente
documentación
Personas Jurídicas:
1. Resolución o acto de otorgamiento de la personería jurídica, acta de
constitución, estatuto actualizado de la entidad, y ultima designación
de autoridades extraída del libro de actas debidamente rubricado.
2. Copia del DNI del o los representante/s legal/es de la entidad de
acuerdo a su naturaleza jurídica, (bifaz en el caso de DNI tarjeta o
tres primeras hojas en el caso de DNI libreta) rubricado por su titular.
3. Constancia de inscripción ante la AFIP. Rubricada por el
representante legal de la entidad. Personas Humanas.
1. Copia del DNI (bifaz en el caso de DNI tarjeta o tres primeras hojas
en el caso de DNI libreta) rubricado por su titular.
2. Constancia de CUIT rubricada por su titular.
3. Constancia de inscripción ante la AFIP rubricada por su titular.
Es potestad de la organización solicitar copias físicas certificadas
cuando resulte necesario. Adicionalmente, todos los participantes de
los Showcases deberán suscribir la presente autorización
AUTORIZACIÓN
Nombre y apellido, Documento Nacional de Identidad N° _, en mi carácter
de artista//músico interprete/etc (completar según corresponda)
convocado para participar de las MUESTRAS DE MÚSICA/ARTES ESCÉNICAS EN
VIVO "SHOWCASE" - MICA PLATAFORMA 2017, autorizo al MINISTERIO DE
CULTURA DE LA NACIÓN a generar el registro sonoro y/o audiovisual de la
muestra, cuya fijación podrá concretarse mediante cualquier soporte
idóneo a tal efecto. Autorizo también la comunicación pública del
citado registro en cualquier entorno, analógico o digital, incluyendo
frecuencias de radio tradicionales, canales radiofónicos en Internet,
cualquier señal televisiva o canal de vídeo en línea. Queda autorizada
la acción de alojar el registro en un servidor de Internet y/o Intranet
institucional, así como la generación de un hipervínculo destinado a la
descarga gratuita del material por parte de los usuarios interesados.
EL MINISTERIO DE CULTURA podrá reproducir el registro en cualquier
formato existente o futuro para fijar audio e imágenes (incluido
Webcasting, VOD, IPTV y streaming); y editarlo o reformularlo mediantes
técnicas de remix, mash up o análogas para adaptarlo a plataformas o
esquemas comunicacionales que así lo requieran.
La presente autorización se formula sin límites temporales o
territoriales de ninguna naturaleza, limitando el uso del material al
cumplimiento de las metas y objetivos institucionales del MINISTERIO,
quedando vedada su comercialización. La autorización posee carácter no
exclusivo, por cuanto el suscripto podrá también utilizar el material
con fines de divulgación, pero se compromete a no comercializarlo bajo
ninguna circunstancia o modalidad.
Complementariamente, autorizo el uso de mi imagen personal para
acciones exclusivamente relacionadas con la difusión de los SHOWCASE en
MICA PLATAFORMA 2017 y de los materiales derivados de su realización.
Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE
DN: cn=GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE, C=AR, o=MINISTERIO DE
MODERNIZACION,
ou=SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA, serlalNumber=CUIT
30715117564
Date: 2017.06.26 17:59:34 -03'00'
Maximo Jacoby
Director Nacional
Dirección Nacional de Emprendedorismo Cultural
Ministerio de Cultura
Informe
Número: IF-2017-125 33 63
0-APN-DNEC#MC
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Lunes 26 de Junio de 2017
Referencia: S/ Anexo IV
disposición MICA/MICSUR 2017
ANEXO
IV
MERCADO
DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES DEL SUR (MICSUR)
1. Destinatarios
La convocatoria para integrar la delegación Argentina en la próxima
edición del MERCADO DE INDUSTRIAS CULTURALES DEL SUR (MICSUR) está
orientada a emprendedores, productores, gestores y empresas culturales,
que desarrollen su actividad en cualquiera de los sectores ligados a
las industrias creativas, incorporados al formulario único digital
(Anexo I IF-2017-12527609-APN-DNEC#MC)
Cada uno de los sectores se dividirá en subsectores, también
incorporados al formulario único. Los subsectores se describen con la
finalidad de permitir mayor precisión al describir el perfil del
postulante y garantizar una delegación plural y representativa.
El evento se realizará entre el 23 y el 29 de abril de 2018, en la
Ciudad de San Pablo, República Federativa del Brasil, de acuerdo con lo
establecido por el Comité Ejecutivo de MICSUR.
En virtud de lo estipulado por el Comité Ejecutivo de MICSUR 2018, cada
una de las naciones que participan tendrá una delegación de setenta
(70) representantes, y tres manifestaciones artísticas (dos en música y
una en artes escénicas), distribuidos de la siguiente manera.
Veinte (20) representantes del sector diseño (al menos diez deberán
integrar los subsectores de joyería o diseño de indumentaria)
Diez (10) representantes del sector editorial
Diez (10) representantes del sector de la música (junto con dos
manifestaciones artísticas "Showcases" de bandas y/o solistas que se
presentaran frente a compradores acreditados)
Diez (10) del sector audiovisual
Diez (10) del sector videojuegos
Diez (10) del sector artes escénicas (junto con una manifestación
artística "Showcase" unipersonales o colectivas que se presentarán
frente a compradores acreditados)
La relación prevista para completar el cupo por sector, es setenta (70)
por ciento de postulantes en carácter de oferentes como máximo, y
treinta (30) por ciento de postulantes en carácter de demandantes como
mínimo. El jurado, una vez evaluadas las presentaciones, podrá proponer
una relación diferente dentro de los límites establecidos.
2. Inscripción
Para participar de la convocatoria, deberán habilitar el botón de
opción correspondiente dentro del formulario único digital y completar
debidamente todos los campos.
La inscripción dará comienzo el día de la publicación de la presente
Disposición en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, y la carga
de datos permanecerá activa hasta el día 4 de agosto de 2017.
(Nota Infoleg: por art. 2° de la Disposición N° 7/2017 de la Subsecretaría de Economía Creativa B.O. 3/8/2017 se prorroga el plazo establecido en el presente párrafo, dejando
establecido que la opción para aplicar al MERCADO DE INDUSTRIAS
CULTURALES 2018 (MICSUR), permanecerá activa hasta el día 11 de agosto
de 2017, inclusive.)
3. jurados
Se conformará un jurado por sector que estará compuesto por cinco (5)
miembros de acuerdo con el siguiente detalle: un (1) funcionario del
Ministerio de Cultura con rango no inferior a Director Nacional y
competencias vinculadas; un (1) representante especialista de la
industria creativa específica proveniente del ámbito privado; un (1)
miembro de la organización, cámara o ente rector representativo de la
industria creativa específica; un (1) periodista especializado en la
materia con reconocida trayectoria y un (1) representante del área
académica respectiva con antecedentes comprobables en docencia e
investigación.
El jurado seleccionará a los setenta (70) representantes titulares de
la delegación, considerando los siguientes factores de ponderación:
• Calidad de los proyectos según el material incorporado al formulario
único digital, portafolios, material, muestras y claridad conceptual
• Trayectoria y experiencia previa en intercambios comerciales con el
exterior y participación en ferias y mercados internacionales.
• Capacidad de exportación.
• Representatividad de la propuesta, proyectos que impliquen
asociatividad de algún tipo, cámaras, asociaciones, clústers,
consorcios de exportación; alianzas temporales concretadas
especialmente para MICSUR, asegurando una amplia participación de
empresas, productores o emprendimientos
• Representación federal, propiciando la participación de la mayor
cantidad de provincias dentro de la delegación nacional
• Diversidad en la representación de subsectores, dentro de cada
categoría vinculada a las industrias creativas.
• Capacidad de asociación y producción de proyectos en conjunto.
• Aptitud e idoneidad para generar y servicios dentro de la región.
Cada jurado deberá definir, además, un proyecto de representación
suplente para cada representante titular seleccionado. El proyecto
suplente deberá ser afín al titular en lo relativo al subsector que
representa, perfil similar, igual zona geográfica, o similar. De este
modo se garantizan los criterios de pluralidad técnica y profesional,
amplitud y representación federal en la delegación. El representante
suplente será convocado si el titular declinase su participación, o
cuando no entregase la documentación requerida en este anexo para
integrar la delegación, o no suscribiera la carta compromiso prevista.
Adicionalmente el jurado seleccionará dos proyectos para integrar la
delegación en carácter de muestra local de música en vivo y uno para
integrarla en carácter de muestra local de artes escénicas en vivo
(Showcases).
Los factores de ponderación, los aportes de la organización, y las
responsabilidades propias de cada artista o elenco, se regirán por las
mismas reglas que las mencionadas en el anexo III de la presente
medida. Los participantes en los Showcases que integran la delegación
Argentina en MICSUR 2018, deberán suscribir la misma autorización
prevista en dicho anexo.
El dictamen del jurado será aprobado mediante el acto administrativo
pertinente. El mismo no será objetable o pasible de revisión en el
aspecto conceptual, sin perjuicio de los recursos que puedan
interponerse contra el citado acto administrativo, en el marco de la
normativa vigente y por las razones que la misma habilita.
Los resultados serán publicados y comunicados durante la segunda
quincena del mes de septiembre de 2017. Los miembros que integren la
delegación argentina contarán con pasaje aéreo de ida y regreso , y
estadía en la Ciudad de San Pablo gestionados y financiados por el
Ministerio de Cultura
4. Documentación y Carta Compromiso.
Dentro de los diez (10) días corridos siguientes a la publicación de
los resultados, los postulantes seleccionados deberán presentar y/o
enviar copias certificadas de la siguiente documentación:
Personas Jurídicas:
1. Resolución o acto de otorgamiento de la personería jurídica, acta de
constitución, estatuto actualizado de la entidad, y ultima designación
de autoridades extraída del libro de actas debidamente rubricado.
2. Copia del DNI del o los representante/s legal/es de la entidad de
acuerdo a su naturaleza jurídica, (bifaz en el caso de DNI tarjeta o
tres primeras hojas en el caso de DNI libreta) rubricado por su titular.
3. Constancia de inscripción ante la AFIP. Rubricada por el
representante legal de la entidad. Personas Físicas.
1. Copia del DNI (bifaz en el caso de DNI tarjeta o tres primeras hojas
en el caso de DNI libreta) rubricado por su titular.
2. Constancia de CUIT rubricada por su titular.
3. Constancia de inscripción ante la AFIP rubricada por su titular.
Adicionalmente, deberán suscribir la siguiente carta compromiso:
_DNI: _, en mi carácter de emprendedor seleccionado para participar del
MERCADO DE INDUSTRIAS CULTURALES DEL SUR (MICSUR), de conformidad con
las disposiciones de la Resolución MC N° 392 E/2017 y, Disposición SSEC
N° _ E/2017, me comprometo a:
1) Aportar, dentro de los quince (15) días contados desde de la
finalización de MICSUR 2018, un informe final de resultados acerca de
las oportunidades o negocios potencialmente derivados del encuentro, y
el monto global estimado que los mismos implican, especificando los
nombres de los oferentes y/o compradores nacionales e internacionales
que participan. Deberá utilizarse el modelo de formulario facilitado
por el MINISTERIO DE CULTURA a tal efecto.
2) Asumir todos los costos derivados de mi estadía en la ciudad de San
Pablo (comidas, traslados internos, etc) que no se encuentren
expresamente comprendidos entre los recursos facilitados por el
MINISTERIO (traslado aéreo a San Pablo y alojamiento)
3) Autorizo al MINSITERIO DE CULTURA a divulgar las propuestas
seleccionadas para que los potenciales compradores puedan conocerlas
con antelación.
4) En mi carácter de representante del proyecto seleccionado, seré la
única persona inscripta en las rondas de negocios de MICSUR,
independientemente de la participación de otros miembros del proyecto,
que asistan por su cuenta y por fuera de la delegación oficial.
Asimismo me comprometo a participar en las mencionadas rondas, así como
en las reuniones preparatorias y capacitaciones previas agendadas por
el MINISTERIO DE CULTURA.
5) Conservar todas las tarjetas de embarque (boarding pass) y/o pasajes
para ser presentados en la instancia de rendición final.
4) Declaro que cuento con las autorizaciones y/o cesiones necesarias
sobre todas las obras o fragmentos de obras preexistentes protegidas
por la Ley 11.723 (música, audiovisual, literarias, obras pictóricas
y/o fotográficas, etc) incorporadas de manera total y/o parcial a la
propuesta seleccionada. En tal sentido autorizo al MINISTERIO DE
CULTURA DE LA NACION para concretar la reproducción y comunicación
pública del material con fines de divulgación institucional, asumiendo
cualquier responsabilidad derivada de reclamos judiciales o
extrajudiciales de terceros vinculados con la utilización de dichas
obras.
Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE
DN: cn=GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE, C=AR, o=MINISTERIO DE
MODERNIZACION,
ou=SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA, serlalNumber=CUIT
30715117564
Date: 2017.06.26 17:59:42 -03'00'
Maximo Jacoby
Director Nacional
Dirección Nacional de Emprendedorismo Cultural
Ministerio de Cultura