CONTRATOS
Decreto 487/2017
Apruébase Modelo de Contrato de Préstamo.
Ciudad de Buenos Aires, 07/07/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-04541606-APN-MF y el Modelo de Contrato
de Préstamo BID N° 3867/OC- RG propuesto para ser suscripto entre la
REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 3867/OC-RG, el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), se compromete a asistir
financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la
ejecución del “Programa de Estructuración del Túnel Internacional Paso
de Agua Negra (PETAN)” por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES
VEINTE MILLONES (U$S 20.000.000).
Que el objetivo del Programa es contribuir a la estructuración y
preparación del Proyecto de construcción del Túnel Internacional Paso
de Agua Negra, con el fin de mejorar la integración fronteriza entre la
REPÚBLICA ARGENTINA y la REPÚBLICA DE CHILE y de ampliar el acceso a la
Región a los mercados internacionales a través del corredor bioceánico
Coquimbo - San Juan - Porto Alegre.
Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán TRES (3)
componentes: (i) “Apoyo a actividades conjuntas de estructuración y
preparación del Proyecto”, (ii) “Apoyo a actividades específicas a las
autoridades y organismos públicos, incluyendo asesorías legales,
técnicas y de fortalecimiento institucional”, y (iii) “Elaboración de
los diseños de ingeniería finales”.
Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del
financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE TRANSPORTE a
través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD (DNV), organismo
descentralizado en la órbita del mencionado Ministerio. Asimismo la
Entidad Binacional Túnel de Agua Negra (EBITAN) será el “Organismo
Co-ejecutor” de los Componentes 1 y 3.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del
MINISTERIO DE FINANZAS, suscriba el Contrato de Préstamo BID N°
3867/OC-RG, así como toda otra documentación relacionada con la
operatoria de dicho préstamo.
Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de
Finanzas para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA
ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID N° 3867/OC-RG y acuerde
las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del
“Programa de Estructuración del Túnel Internacional Paso de Agua Negra
(PETAN)”, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al
objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto
o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de
Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en
este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y
objetivos para los que será destinado el mencionado Préstamo.
Que ha tomado la intervención de su competencia el Servicio Jurídico Permanente de la Jurisdicción de origen.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 53 de
la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID N°
3867/OC-RG a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DÓLARES
ESTADOUNIDENSES VEINTE MILLONES (U$S 20.000.000), destinado a financiar
parcialmente el “Programa de Estructuración del Túnel Internacional
Paso de Agua Negra (PETAN)” que consta de las Normas Generales
integradas por DOCE (12) Capítulos, de las Estipulaciones Especiales
integradas por SEIS (6) Capítulos y de UN (1) Anexo Único, que forman
parte integrante de la presente medida como Anexo I
(IF-2017-12145002-APN-SSRFI#MF). Asimismo, forman parte integrante de
la presente medida, como Anexos II (IF-2017-01431624-APN-SSRFI#MF) y
III (IF-2017-01431474-APN-SSRFI#MF), las “Políticas para la Adquisición
de Bienes y Obras financiadas por el Banco Interamericano de
Desarrollo” y las “Políticas para la Selección y Contratación de
Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”,
respectivamente, ambas correspondientes a la edición del mes de marzo
de 2011.
ARTÍCULO 2º.- Facúltase al señor Ministro de Finanzas, o al funcionario
o funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y
representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID
N° 3867/OC-RG y su documentación adicional, conforme al Modelo que se
aprueba por el artículo 1º del presente decreto.
ARTÍCULO 3º.- Facúltase al señor Ministro de Finanzas, o al funcionario
o funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre
y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato
de Préstamo BID N° 3867/OC-RG cuyo modelo se aprueba por el artículo 1º
de la presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios
sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un
incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento
arbitral pactado.
ARTÍCULO 4º.- Desígnase al MINISTERIO DE TRANSPORTE a través de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD (DNV), organismo descentralizado en la
órbita del citado Ministerio como “Organismo Ejecutor” del “Programa de
Estructuración del Túnel Internacional Paso de Agua Negra (PETAN)” y a
la Entidad Binacional Túnel de Agua Negra (EBITAN) como “Organismo
Co-ejecutor” de los Componentes 1 y 3 del citado Programa, quedando
facultados, cada uno en el ámbito de su competencia, a realizar todas
las operaciones y actos necesarios para la ejecución del mismo,
conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de
Contrato de Préstamo que se aprueba por el artículo 1° de la presente
medida.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — E/E MICHETTI. — Marcos Peña. —
Guillermo Javier Dietrich. — Luis Andres Caputo.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 10/07/2017 N° 48886/17 v. 10/07/2017
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)