MINISTERIO DE SALUD
Resolución 821-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 05/07/2017
VISTO el Expediente N° 1-2002-1020/16-3 del Registro de este Ministerio, y
CONSIDERANDO
Que por Resolución Ministerial N° 93 de fecha 1 de febrero de 2016 se
crearon en el ámbito de la SECRETARÍA DE RELACIONES NACIONALES E
INTERNACIONALES diferentes Comisiones Nacionales con el objeto de que
asesoren, examinen, evalúen y monitoreen la eficacia y eficiencia de la
normativa sanitaria vigente y en su caso proponer acciones y medidas a
adoptar con la finalidad de adecuar las políticas sanitarias.
Que entre las citadas Comisiones se encuentran, la COMISIÓN NACIONAL
SOBRE VIOLENCIA EN SALUD, la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN DE
TECNOLOGÍA EN SALUD, la COMISIÓN NACIONAL SOBRE CALIDAD EN SALUD, la
COMISIÓN NACIONAL SOBRE INVESTIGACIONES EN SALUD, la COMISIÓN NACIONAL
SOBRE REDES INTEGRADAS DE SERVICIOS EN SALUD y la COMISIÓN NACIONAL
SOBRE TRASPASO DE FUNCIONES AL GOBIERNO AUTONÓMO DE LA CIUDAD DE BUENOS
AIRES, entre otras.
Que en virtud de encontrarse cumplido el objetivo de creación de las
Comisiones Nacionales mencionadas, resulta pertinente su derogación.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por la
Ley de Ministerios N° 22.250 (T.O. Decreto Nº 438/92), modificada por
Ley Nº 26.338 y sus modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto la creación de la COMISIÓN NACIONAL
SOBRE VIOLENCIA EN SALUD, de la COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN DE
TECNOLOGÍA EN SALUD, de la COMISIÓN NACIONAL SOBRE CALIDAD EN SALUD, de
la COMISIÓN NACIONAL SOBRE INVESTIGACIONES EN SALUD, de la COMISIÓN
NACIONAL SOBRE REDES INTEGRADAS DE SERVICIOS EN SALUD y de la COMISIÓN
NACIONAL SOBRE TRASPASO DE FUNCIONES AL GOBIERNO AUTONÓMO DE LA CIUDAD
DE BUENOS AIRES, por encontrarse cumplido el objetivo de su creación.
ARTÍCULO 2º.- Deróganse las Resoluciones Ministeriales Nº 316 de fecha
22 de marzo de 2016, Nº 317 de fecha 22 de marzo de 2016, Nº 598 de
fecha 11 de mayo de 2016 y Resol-2016-1341-E-APN-MS de fecha 6 de
septiembre de 2016.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge Daniel Lemus.
e. 10/07/2017 N° 48017/17 v. 10/07/2017