MINISTERIO
DE CULTURA
Resolución 807-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 07/07/2017
VISTO el Expediente CUDAP N° 18194/2015 del registro del MINISTERIO DE
CULTURA y el Decreto Nº 973 de fecha 18 de junio de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 973/08 homologó el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO
SECTORIAL para el personal de ORQUESTAS, COROS Y BALLET NACIONALES,
dependientes de la entonces SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN, actual MINISTERIO DE CULTURA.
Que conforme lo establecido en el último párrafo del artículo 1º del
Anexo al mencionado Decreto, quienes ejerzan la dirección o
subdirección de los organismos antes mencionados quedan excluidos del
Convenio Homologado.
Que en el estado actual de la legislación no se encuentra establecido
el marco normativo bajo el cual debería contratarse al Director y
Subdirector del BALLET FOLKLÓRICO NACIONAL.
Que hasta tanto se establezca el referido marco normativo, resulta
procedente y oportuno convocar a una selección de proyectos para la
Dirección y Subdirección del referido organismo, fijando las fechas y
demás condiciones y documentación y certificaciones exigidas para la
inscripción de los postulantes.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades delegadas
por los Decretos Nros. 392/86 y las misiones y funciones previstas en
la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92 y sus
modificatorias).
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Convocar a la selección de proyectos para la Dirección y
Subdirección del BALLET FOLKLÓRICO NACIONAL la que se realizará de
conformidad con el sistema establecido en la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- El MINISTERIO DE CULTURA dispondrá mediante resolución la
designación de un Comité de Selección el que estará compuesto por NUEVE
(9) miembros designados por el titular del MINISTERIO DE CULTURA.
Los miembros del Comité podrán ser nacionales o extranjeros;
funcionarios o ex funcionarios; integrantes de entidades públicas o
privadas, centros de investigación, consejos, colegios o asociaciones
profesionales; especialistas, o profesores universitarios, siempre que
acrediten relación y/o experiencia con los asuntos vinculados con la
gestión de grupos o cuerpos artísticos, así como reconocido prestigio y
probidad .
El Comité de Selección no podrá estar integrado sólo por personal del
MINISTERIO DE CULTURA, ni por más de un SESENTA POR CIENTO (60%) de
personas del mismo sexo.
No podrán integrar el Comité de Selección quienes ejerzan actividades
comerciales relacionadas con el arte, proveedores o contratistas del
Ballet o quienes, por integrarlo , pudieren encontrarse en situación de
conflicto de intereses.
Desempeñarán sus tareas en carácter ad honorem. En el caso de
funcionarios nacionales, podrán ser relevados de sus obligaciones
habituales mientras se encuentren abocados a las funciones del Comité.
En caso que fueran funcionarios dependientes de otra jurisdicción, que
no sea el MINISTERIO DE CULTURA, deberán contar con autorización previa
a la designación como integrante del Comité, por parte de los
respectivos titulares.
Estará integrado por:
1 (UN) representante del MINISTERIO DE CULTURA.
1 (UN) representante de un organismo nacional o de un Ballet Nacional.
1 (UN) productor o gestor cultural (invitado).
1 (UN) artista destacado de la danza.
2 (DOS) artistas especialistas en danza folklórica.
3 (TRES) representantes elegidos por voto secreto del organismo.
ARTÍCULO 3°.- El comité de Selección procederá en una PRIMERA ETAPA, a
identificar a los candidatos inscriptos que reúnan los requisitos
mínimos necesarios para desarrollar la función establecida en el
perfil, conforme lo descripto en el Anexo (IF-2017-09683798-APN-DOE#MC)
de la presente medida.
Los candidatos deberán presentar al momento de la inscripción un
proyecto de trabajo conjunto con objetivos a corto, mediano y largo
plazo en el que expongan sus ideas sobre las políticas más adecuadas
para cumplir con la misión del Ballet, y la orientación que darían a su
gestión en caso de ser designados.
El proyecto deberá tener un máximo de 12 páginas, en fuente Arial,
interlineado 1,5, en soporte electrónico y su respectiva copia en papel.
En esta etapa se realizará la evaluación de los antecedentes laborales
y académicos declarados y las competencias y aptitudes laborales
requerida de conformidad con el perfil aprobado. Asimismo, se
apreciarán las ideas y fundamentos contenidos en el escrito.
Los admitidos por reunir los requisitos mínimos y haber aprobado dicho
escrito, serán merituados a los efectos de pasar a la segunda etapa.
En la SEGUNDA ETAPA, el Comité de Selección procederá a evaluar
mediante la realización de al menos una entrevista a los candidatos que
hubieren aprobado la primera etapa.
Los postulantes serán debidamente notificados mediante nota
certificada, con una antelación no inferior a DOS (2) días hábiles,
indicando el lugar, fecha y hora de cada entrevista.
Una vez finalizada la segunda etapa el COMITÉ DE SELECCIÓN procederá a
emitir el dictamen escrito de evaluación proponiendo el orden de mérito
de los candidatos, que será elevado al titular del MINISTERIO DE
CULTURA, sin carácter vinculante.
ARTÍCULO 4°.- El suscripto dispondrá la apertura de la convocatoria
mediante Resolución en la que fijará las fechas, lugares, horarios,
condiciones así como la documentación y certificaciones exigidas para
la inscripción de los postulantes.
La inscripción podrá ser efectuada por correo y admitida siempre que
fuera enviada antes de la fecha límite que se establezca, para lo cual
se tomará en consideración el matasellos correspondiente.
Podrán inscribirse en el proceso de selección los ciudadanos argentinos
o extranjeros con residencia legal en territorio, mayores de edad, que
cumplan con el perfil previsto para las funciones propuestas.
El período de inscripción se iniciará no antes de DIEZ (10) días
contados a partir de la fecha de la primera publicación del anuncio de
la convocatoria. El período de inscripción no será inferior a CINCO (5)
días hábiles.
El Comité de Selección contará con CINCO 5 días hábiles para la lectura
de antecedentes y proyectos desde la realización de la primera reunión
del Comité de Selección.
ARTÍCULO 5°.- La difusión de la convocatoria se efectuará mediante su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL y en las páginas web del MINISTERIO
DE CULTURA. Se procurará, asimismo, realizar la más amplia difusión por
medios de prensa o cualquier otro procedimiento adecuado.
ARTÍCULO 6°. - La terna mantendrá su vigencia por SEIS (6) meses a
partir de la fecha de contratación del Director/a y Subdirector/a del
Ballet Folklórico Nacional que resulte de ella. Si se limitara la
contratación de éste por cualquier motivo se procederá a la
contratación de uno de los restantes integrantes de la terna.
ARTÍCULO 7°.- Anualmente el MINISTERIO DE CULTURA evaluará los
objetivos del proyecto y la gestión del equipo de dirección que deberá
respetar la programación prevista por el director anterior para los
seis primeros meses.
ARTÍCULO 8. - Regístrese, comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL para su publicación y, cumplido, archívese. —
Alejandro Pablo Avelluto.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 11/07/2017 N° 48834/17 v. 11/07/2017
(Nota
Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial.)
Anexo
Número:
IF-2017-09683798-APN-DC>E#MC
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 23 de Mayo de 2017
Referencia: Anexo Concurso
Director y Subdirector Ballet Folklórico Nacional
ANEXO
DESCRIPCIÓN DEL PUESTO
Puesto: EQUIPO DE DIRECCION DEL BALLET
FOLKLORICO NACIONAL
Reporte a: DIRECCION NACIONAL DE
GESTION Y PROGRAMACION
IDENTIFICACION DEL PUESTO
DIRECTOR DEL BALLET FOLKLORICO NACIONAL
JURISDICCION: MINISTERIO DE CULTURA
DIRECCION DE ORGANISMOS ESTABLES
MONTO DEL CONTRATO: $ 50.000 MENSUALES
PLAZO: UN AÑO CON POSIBILIDAD DE
RENOVACIÓN DE TRES PERIODOS IGUALES
LUGAR DE TRABAJO: México 564 CABA
HORARIO DE TRABAJO: libre disponibilidad horaria
OBJETIVOS
DEL PUESTO:
Promover, recuperar, preservar,
cultivar, enriquecer y difundir el patrimonio cultural folklórico de
las danzas tradicionales como así también de las nuevas expresiones
artísticas coreográficas musicales de las danzas del folklore argentino.
Administrar las políticas y las normas
que regulan al personal en relación a la carrera, capacitación,
desarrollo y relaciones laborales del cuerpo artístico con el fin de
alcanzar la máxima excelencia en las prestaciones del organismo.
Supone responsabilidad sobre el
cumplimiento de objetivos emanados de la autoridad política, con
sujeción a políticas generales y marcos normativos amplios con
delegación de máxima autonomía dentro de la competencia asignada.
PRINCIPALES
ACTIVIDADES:
• Planificar la temporada artística
anual del organismo.
• Propiciar la creación de nuevas
puestas coreográficas para el organismo.
• Estar en capacidad de reponer
puestas coreográficas preexistentes.
• Implementar la correcta
administración de las políticas y legislación que regulan al personal.
• Supervisar y desarrollar el personal
a su cargo.
• Incentivar la creación de obras
pertenecientes a integrantes del Ballet Folklórico Nacional.
• Promover actuaciones en todo el
territorio nacional con una amplia concepción federal, como así también
que promoción en la identidad cultural en el exterior.
• Contemplar cronogramas de clases
pre-temporada y ensayos.
COMPETENCIAS:
• Capacidad para crear e implementar
el plan estratégico del Ballet Folklórico Nacional.
• Acabado conocimiento del universo de
las formas folcloristas en sus diversos aspectos.
• Capacidad para conducir equipos de
trabajo complejos.
• Habilidad para transmitir sus ideas
en relación al enfoque artístico que busca imprimir al organismo.
• Proponer a la superioridad los
coreógrafos, maestros y repositores a contratar por temporada.
RESUMEN DEL PERFIL
El equipo de dirección (integrado por
un Director y un Subdirector) tendrá a su cargo el desarrollo del
proyecto presentado, el Director tendrá la máxima responsabilidad sobre
la dirección, conducción y concreción del proyecto a su cargo, además
de la observancia de las competencias y actividades a su cargo.
Requisitos:
DIRECTOR:
Nacionalidad: argentino, nativo,
naturalizado o por opción.
Edad: mayor de edad
Experiencia:
No inferior a 10
años en áreas afines, de los cuales no menos de 3 años en la conducción
de tareas de complejidad comparable.
En producción
artística, coordinación de grupos, gestión administrativa, tareas
equiparables en el ámbito de la administración pública
En conducción y/o gestión de
iniciativas.
Formación
(mínima NO excluyente):
La posesión de título afín a la
actividad así como el conocimiento de idiomas será tenido en cuenta en
la valoración del candidato.
Otros conocimientos:
Conocimientos de los diversos campos
del mundo de la danza.
PRESENTACION
DEL PROYECTO:
Deberá presentar un proyecto de
trabajo con objetivos a corto, mediano y largo plazo. El trabajo deberá
tener un máximo de 12 páginas en arial 12, interlineado 1,5 y detallar
las acciones a llevar a cabo que contendrán las tareas asignadas al
subdirector.
IDENTIFICACION DEL PUESTO
SUBDIRECTOR DEL BALLET FOLKLORICO
NACIONAL
JURISDICCION: MINISTERIO DE CULTURA
SUBDIRECCION DE ORGANISMOS ESTABLES
MONTO DEL CONTRATO: $ 38.000 MENSUALES
PLAZO: UN AÑO CON POSIBILIDAD DE
RENOVACIÓN DE TRES PERIODOS IGUALES
LUGAR DE TRABAJO: México 564 CABA
HORARIO DE TRABAJO: libre disponibilidad horaria
REQUISITOS
Nacionalidad: argentino, nativo,
naturalizado o por opción.
Edad: mayor de edad
Experiencia:
No inferior a 10 años en áreas afines,
de los cuales no menos de 3 años en la conducción de tareas de
complejidad comparable.
En producción artística, coordinación
de grupos, gestión administrativa, tareas comparable en el ámbito de la
administración pública
Deseable:
En conducción y/o gestión de
iniciativas.
Formación (mínima NO
excluyente):
La posesión de título afín a la
actividad así como el conocimiento de idiomas será tenido en cuenta en
la valoración del candidato.
Otros conocimientos:
Conocimientos de los diversos campos
del mundo de la danza.
PRESENTACION DEL PROYECTO:
Deberá presentar un proyecto de
trabajo con objetivos a corto, mediano y largo plazo. El trabajo deberá
tener un máximo de 12 páginas en arial 12, interlineado 1,5 y detallar
las acciones a llevar a cabo que contendrán las tareas asignadas al
subdirector.
El subdirector deberá tener capacidad
para suplir las tareas y actividades del director en la función ante
ausencia temporal de este o cuando sea necesario.
EVALUACION:
ANTECEDENTES:
Serán evaluados los antecedentes
académicos y laborales descriptos por el postulante en el currículo
presentado al momento de la inscripción.
EVALUACION
TECNICA:
Presentación de un proyecto de labor
para el organismo, con objetivos de corto, mediano y largo alcance
(hasta 3 años) tanto artístico-coreográfico como de gestión y
producción; teniendo en cuenta el fortalecimiento de la identidad
nacional de nuestras danzas. Cumplimiento de las bases y condiciones.
ENTREVISTA
LABORAL:
En esta instancia se discutirá el
proyecto presentado.
PAUTAS PARA LA PONDERACION:
El jurado evaluará los proyectos con
apego a las características solicitadas en las bases del concurso.
Debiendo tener en cuenta el currículo de los postulantes y el proyecto
presentado brindando en su caso prioridad a la capacidad de llevar a
cabo los objetivos del proyecto. Procurando un balance entre la
capacidad artística y la capacidad de gestión por parte iguales.
Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE
DN: cn=GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA - GDE, C=AR, o=MINISTERIO DE
MODERNIZACION,
ou=SECRETARIA DE MODERNIZACION ADMINISTRATIVA, serlalNumber=CUIT
30715117564
Date: 2017.05.23 16:30:22 -03'00'
Mariela Bolatti
A cargo de Despacho
Dirección de Organismos Estables
Ministerio de Cultura