MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Disposición 123-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 09/05/2017
VISTO el Expediente Nº 1.703.292/15 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 5/7 y Actas Complementarias de fojas 41/41vta y 51 luce un
acuerdo celebrado por el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE
AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA), por el sector sindical, y
la CAMARA DE CONCESIONARIOS DE SERVICIOS DEL AUTOMOVIL CLUB ARGENTINO
por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo
N° 454/06, de acuerdo a las disposiciones de la ley N° 14.250 (t.o.
2004) de negociaciones colectivas.-
Que el acuerdo establece un incremento del servicio adicional por
producción, entre otros temas, con vigencia a partir del 01 de
diciembre de 2015, determinándose que se otorgará la categoría de
Oficial Superior al 30% de la dotación de trabajadores, de acuerdo a lo
dispuesto en el Acta Complementaria de fojas 41/41vta., a partir del 01
de abril de 2016.
Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades
para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos
y ratificaron su contenido.-
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.-
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la legislación laboral vigente.-
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le
compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
186/2016.-
Por ello,
LA DIRECTORA DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el
SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPUBLICA ARGENTINA (SMATA) por el sector sindical, y la CAMARA DE
CONCESIONARIOS DE SERVICIOS DEL AUTOMOVIL CLUB ARGENTINO por el sector
empleador, que luce a 5/7 y Actas Complementarias de fojas 41/41vta y
fojas 51 del Expediente N° 1.703.292/15.
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.
Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre el Acuerdo de fojas 5/7 y Actas
Complementarias de fojas 41/41vta y fojas 51 del Expediente N°
1.703.292/15.-
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente
deberán remitirse las actuaciones a la Dirección Nacional de
Regulaciones del Trabajo para que en orden a su competencia determine
si resulta pertinente elaborar el Proyecto Base Promedio y Tope
Indemnizatorio de conformidad con lo establecido en el artículo 245 de
la Ley N° 20.744 (t.o. 1974) y sus modificatorias Posteriormente
procédase a la guarda del presente legajo junto al Convenio Colectivo
de Trabajo N° 454/06.-
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita de los Acuerdos homologados y de esta Disposición,
las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo
5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Sara Graciela Sosa.
Expediente N° 1.703.292/15
Buenos Aires, 24 de mayo de 2017
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N° 123/17 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/7, 41/41 vuelta y 51 del
expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 585/17. —
Jorge Alejandro Insua, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en
la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán
ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha
767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 26/07/2017 N° 52515/17 v. 26/07/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)