MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 593-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 31/05/2017
VISTO el Expediente Nº 1.718.996/16 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a foja 7 del Expediente Nº 1.718.996/16, obra el Acuerdo celebrado
entre el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISIÓN, SERVICIOS AUDIOVISUALES,
INTERACTIVOS Y DE DATOS (S.A.T.T.S.A.I.D), por el sector gremial, y la
empresa TELEARTE SOCIEDAD ANÓNIMA EMPRESA DE RADIO Y TELEVISIÓN, por el
sector empleador, ratificado por las partes a foja 8 conforme a lo
establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que el presente se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 131/75.
Que mediante dicho acuerdo, las partes convienen cumplimentar lo
dispuesto en el Art. 152 del mentado convenio, referido a Vestimenta
para el Personal, mediante la entrega de un vale de la empresa
Falabella, conforme a las condiciones y términos allí establecidos.
Que el ámbito de aplicación del mentado texto convencional se
circunscribe a la estricta correspondencia entre la representatividad
del sector empresarial firmante y el sector sindical signatario,
emergente de su personería gremial.
Que los agentes negociales de marras han ratificado el contenido y
firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para
negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en
autos.
Que asimismo los Delegados del Personal se han presentado a tomar la
intervención que les compete en los términos del Art. 17 de la Ley
14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le
compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo
de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
48/15.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el
SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISIÓN, SERVICIOS AUDIOVISUALES,
INTERACTIVOS Y DE DATOS (S.A.T.T.S.A.I.D), por el sector gremial, y la
empresa TELEARTE SOCIEDAD ANÓNIMA EMPRESA DE RADIO Y TELEVISIÓN, por el
sector empleador, que luce a foja 7 del Expediente Nº 1.718.996/16,
conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.
Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el
Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 7 del
Expediente 1.718.996/16.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda conjuntamente con el CCT N° 131/75.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5°
de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del registro Oficial y archívese. — Ezequiel Sabor.
Expediente N° 1.718.996/16
Buenos Aires, 06 de junio de 2017
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 593/17 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 7 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 597/17. — Luciana
Fernanda Salazar Rizzo, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 27/07/2017 N° 52547/17 v. 27/07/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)