MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Disposición 10-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 06/06/2017
VISTO el Expediente Nº 1.764.342/17 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 22.250 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 7/9 luce el Acuerdo concertado entre la UNON OBRERA DE LA
CONSTRUCCIÓN DE LA REPUBLICA ARGENTINA en representación del sector
trabajador y la ASOCIACION ARGENTINA DEL HORMIGON ELABORADO por el
sector empresario, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N°
445/06 y de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o.
2004).
Que mediante el citado Acuerdo, las partes convinieron un incremento de
los salarios básicos vigentes comprendidos en el CCT 445/06,
correspondientes a las distintas categorías comprendidas en aquel, a
partir del 1° de abril 2017, de acuerdo a demás pautas y detalles allí
impuestos.
Que los agentes negociales han ratificado a fojas 33/34 el contenido y
firmas insertas en el acuerdo traído examen, acreditando su personería
y facultades para negociar colectivamente con las constancias obrantes
en autos a fojas 1/5 y 10/32.
Que el ámbito de aplicación del referido pacto se circunscribe a la
estricta correspondencia entre la representatividad que ostenta el
sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria,
emergentes de su personería gremial.
Que, procede así indicar que se encuentran cumplimentados los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que en tal sentido, se advierte que el acuerdo sujeto análisis se
adecua a la normativa laboral vigente y conforme los antecedentes
mencionados, corresponde proceder a su homologación.
Qué asimismo, en atención al ámbito de aplicación personal del acuerdo
a homologar, es menester dejar expresamente aclarado que no corresponde
calcular y fijar base de remuneraciones y tope indemnizatorio, respecto
de los convenios de trabajo y acuerdos salariales aplicables a los
trabajadores que se desempeñen en la actividad regulada por la Ley N°
22.250.
Que a fojas 35/36, se emitió dictamen previo en los términos de la Ley
Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y Decreto N°
1759/72 (t.o. 1991).
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
DISPONE:
ARTICULO 1º.- Declarar homologado el Acuerdo suscripto entre la UNION
OBRERA DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA REPUBLICA ARGENTINA en representación
del sector trabajador y ASOCIACION ARGENTINA DEL HORMIGON ELABORADO por
el sector empresario, obrante a fojas 7/9 del Expediente N°
1.764.342/17, junto a las Actas de ratificación a fojas 33/34, conforme
lo previsto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 2°.- Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.
Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre los instrumentos obrantes a fojas
7/9 y 33/34 del Expediente N° 1.764.342/17.
ARTICULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda conjuntamente con el legajo.
ARTICULO 4º.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita
del instrumento homologado, y de esta Resolución, las partes deberán
proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº
14.250 (t.o. 2004).
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Silvia Julia Squire.
Expediente N° 1.764.342/17
Buenos Aires, 13 de junio de 2017
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION SSRL N° 10/17 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 7/9 y 33/34 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 622/17. — Jorge
Alejandro Insua, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en
la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán
ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha
767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 27/07/2017 N° 52550/17 v. 27/07/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)