MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 596-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 02/06/2017
VISTO el Expediente Nº 1.745.821/16 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 8/9 luce un acuerdo celebrado por la UNION OBRERA
METALÚRGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UOMRA), por el sector sindical,
y la empresa METALMECÁNICA SOCIEDAD ANÓNIMA por el sector empleador, en
el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 260/75, de acuerdo a las
disposiciones de la ley N° 14.250 ( t.o. 2004) de negociaciones
colectivas.
Que la UNION OBRERA METALÚRGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA ratifica el acuerdo a fojas 15.
Que el acuerdo establece una suma extraordinaria no remunerativa por el
monto allí establecido en un único pago en octubre de 2016, para los
trabajadores que presten servicios en el establecimiento de la
localidad de Villa Mercedes, San Luis, de la entidad empleadora, en el
marco del acuerdo homologado mediante RESOLUCIÓN ST N° 207/2016.
Que las partes celebrantes han acreditado su personería y facultades
para convencionar colectivamente con las constancias que obran en autos
y ratificaron su contenido a fojas 13/15.
Que los delegados de personal intervinieron de acuerdo a lo previsto en el Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empresario firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la legislación laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le
compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
48/15.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la UNION
OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (UOMRA) por el sector
sindical, y la empresa METALMECÁNICA SOCIEDAD ANÓNIMA por el sector
empleador, que luce a 8/9 y fojas 15 del Expediente N° 1.745.821/16.
ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.
Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre el Acuerdo de fojas 8/9 y fojas 15
del Expediente N° 1.745.821/16.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente
procédase a la guarda junto al Convenio Colectivo de Trabajo N° 260/75.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ezequiel Sabor.
Expediente N° 1.745.821/16
Buenos Aires, 12 de junio de 2017
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 596/17 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 8/9 y 15 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 615/17. — Jorge
Alejandro Insua, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 27/07/2017 N° 52555/17 v. 27/07/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)