SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
Resolución 844/2017
Buenos Aires, 07/08/2017
VISTO el Expediente N° 143.533/17 del Registro de la SUPERINTENDENCIA
DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 21.663, N° 24.557, las
Resoluciones S.R.T. N° 415 de fecha 21 de octubre de 2002, N° 310 de
fecha 22 de mayo de 2003, N° 01 fecha 05 de enero de 2016 y sus
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 35 de la Ley N° 24.557 creó esta SUPERINTENDENCIA DE
RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) como entidad autárquica en jurisdicción
del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T. Y S.S.),
hoy MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. Y S.S.).
Que en tal sentido, mediante dicha disposición se estableció que la
S.R.T. absorberá las funciones y atribuciones que desempeñaba la
entonces Dirección Nacional de Salud y Seguridad en el Trabajo, entre
las que se encontraba la administración del Registro de Sustancias y
Agentes Cancerígenos.
Que en ese contexto, a los fines de lograr el efectivo funcionamiento
del referido Registro en el ámbito de este Organismo y de actualizar el
listado de sustancias y agentes cancerígenos contenidas en el Anexo I
de la Disposición de la entonces Dirección Nacional de Higiene y,
Seguridad en el Trabajo (D.N.H.S.T.) N° 01/95, se dictó la Resolución
S.R.T. N° 415 de fecha 21 de octubre de 2002.
Que posteriormente, con motivo de haberse presentado cuestiones
interpretativas relacionadas con los alcances brindados a los términos
establecidos en el Anexo I de la referida Resolución S.R.T. N° 415/02,
se estimó necesario proceder al dictado de la Resolución S.R.T. N° 310
de fecha 22 de mayo de 2003, a través de la cual se sustituyó el citado
Anexo de la mentada norma.
Que ahora bien, en atención a la necesidad de dar cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 1°, apartado 1 del Convenio N° 139 de la
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (O.I.T.) “Convenio sobre la
prevención y el control de los riesgos profesionales causados por las
sustancias o agentes cancerígenos”, adoptado el 24 de junio de 1974 en
la quincuagésima novena reunión de la Conferencia General de la
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO y aprobado por nuestro país a
través de la Ley N° 21.663, el cual establece: “Todo miembro que
ratifique el presente Convenio deberá determinar periódicamente las
sustancias y agentes cancerígenos a los que la exposición en el trabajo
estará prohibida, o sujeta a autorización o control, y aquellos a los
que se aplican otras disposiciones del presente Convenio’’, es que la
Gerencia de Comunicación y Relaciones Institucionales, con la
conformidad de la Gerencia de Prevención y de la Gerencia Técnica,
propició impulsar un proyecto de acto administrativo tendiente
actualizar el listado de sustancias y agentes cancerígenos, tomando en
consideración los datos más recientes recomendados por los Organismos
internacionales especializados en la materia.
Que en virtud de las disposiciones contenidas en la Resolución S.R.T.
N° 01 de fecha 05 de enero de 2016 y sus modificatorias, a través de la
cual fue aprobada la nueva estructura orgánico funcional de este
Organismo, dichas áreas resultan competentes para impulsar el dictado
de la presente medida.
Que en consecuencia de lo expuesto, corresponde sustituir el Anexo I de la Resolución S.R.T. N° 415/02.
Que en virtud de mantener un orden normativo, se considera necesario derogar la Resolución S.R.T. N° 310/03.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos ha tomado la intervención que le corresponde.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los
artículos 35 y 36, apartado 1, inciso a) de la Ley N° 24.557, en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1°, apartado 1 del Convenio
N° 139 de la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (O.I.T.).
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Anexo I de la Resolución de la
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 415 de fecha 21 de
octubre de 2002, por el Anexo I que forma parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Deróguese la Resolución S.R.T. N° 310 de fecha 22 de mayo de 2003.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Gustavo D. Morón.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 10/08/2017 N° 57036/17 v. 10/08/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO I
LISTADO DE SUSTANCIAS, AGENTES Y CIRCUNSTANCIAS DE EXPOSICIÓN CANCERÍGENOS
(1) N° CAS: El Chemical Abstracts
Service (CAS), una división de la Sociedad Americana de Química, asigna
estos identificadores a cadacompuesto químico que ha sido descrito en
la literatura. CAS también mantiene una base de datos de los compuestos
químicos, conocida como registro CAS, https://www.cas.org/