ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Disposición 230-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 18/08/2017
VISTO el Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y
sus complementarios, la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus
modificaciones y la Disposición N° 433 (AFIP) del 2 de octubre de 2013,
y
CONSIDERANDO:
Que el decreto citado en el Visto estableció la organización y fijó las
competencias de la Administración Federal de Ingresos Públicos,
atribuyendo al Administrador Federal, entre otras, la facultad de
delegar en los Directores Generales y Subdirectores Generales la
asunción, conjunta o separadamente, de determinadas funciones y
atribuciones señaladas por la naturaleza de las materias, por el ámbito
territorial en el que deban ejercerse o por otras circunstancias,
inclusive las que se contemplan en los Artículos 6°, 7°, 8° y 9° del
mismo, en la medida y condiciones que se disponga en cada caso.
Que en tal sentido, y teniendo en cuenta que la Ley N° 11.683, texto
ordenado en 1998 y sus modificaciones, indica en su Artículo 100,
inciso e) que la designación de los empleados notificadores será
efectuada por el Administrador Federal, mediante la Disposición N°
433/13 (AFIP) se delegaron las facultades de designación y remoción de
tales agentes en la Dirección General de los Recursos de la Seguridad
Social, con relación a su competencia específica, previéndose además la
intervención de la Subdirección General de Coordinación Técnico
Institucional.
Que en virtud de la experiencia recogida en las tramitaciones de estas
características desde el dictado de la mencionada disposición, resulta
conveniente y oportuno proceder a su adecuación, con miras a un
diligenciamiento ágil de la respectiva documentación.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y de
Coordinación Técnico Institucional.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
los Artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Delegar en la Dirección General de los Recursos de la
Seguridad Social la facultad para la designación y remoción de Agentes
Notificadores en el marco de lo dispuesto por el Artículo 100, inciso
e), de la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.
ARTÍCULO 2°.- Dejar sin efecto la Disposición N° 433 (AFIP) del 2 de octubre de 2013.
ARTÍCULO 3°.- Esta disposición entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto R. Abad.
e. 25/08/2017 N° 61457/17 v. 25/08/2017