ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 891-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 04/09/2017
VISTO el Expediente EX-2017-13655318-APN-DYME#ENACOM del Registro del
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES; el Decreto N° 267 de fecha 29 de
diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó el
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y
descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y
Nº 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las
funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE
LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE
SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que en el marco de sus funciones el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
tiene la posibilidad de elaborar y negociar tratados, acuerdos o
convenios con organismos reguladores de comunicaciones de otros países.
Que oportunamente se consideró pertinente la suscripción de un
Memorándum de Entendimiento con el INSTITUTO FEDERAL DE
TELECOMUNICACIONES (IFT) de los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, con el fin de
fomentar una relación de cooperación técnica e institucional entre
ambos organismos que apoye sus esfuerzos para hacer frente a los
desafíos regulatorios actuales y futuros tanto en la REPÚBLICA
ARGENTINA como en los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Que la cooperación prevista se perfeccionará mediante la creación de
grupos de trabajo de expertos, programas de formación, consultoría
técnica e investigación, intercambio de información, etc., todas
actividades que podrán llevarse a cabo a través de medios electrónicos
o de reuniones presenciales entre los representantes de las Partes.
Que en este orden de ideas, con fecha 20 de junio de 2017 el Sr. Miguel
Ángel DE GODOY, Presidente del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES,
suscribió un Memorándum de Entendimiento con el INSTITUTO FEDERAL DE
TELECOMUNICACIONES (IFT) de los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Que corresponde al DIRECTORIO del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ratificar el Convenio Marco mencionado ut supra.
Que ha tomado la intervención que le compete el Servicio Jurídico Permanente del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Que ha tomado la intervención pertinente el Coordinador General de
Asuntos Ejecutivos, conforme lo establecido en el Acta Nº 17 del
Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES de fecha 17 de febrero
de 2017.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el Artículo 5° del Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015 del
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y lo acordado en su Acta N° 23 de
fecha 17 de agosto de 2017.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ratifícase el Memorándum de Entendimiento suscripto entre
el INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES (IFT) de los ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS y el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM) de la REPÚBLICA
ARGENTINA, que como Anexo IF-2017-13777858-APN-DGRI#ENACOM forma parte,
como un todo, de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Miguel Angel De Godoy.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 07/09/2017 N° 65659/17 v. 07/09/2017
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)