MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 761/2017
Desígnase Director Nacional de Gestión de Cooperativas Protegidas.
Ciudad de Buenos Aires, 14/09/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-03233278-APN-DGRHYO#MDS, la Ley N°
27.341, los Decretos N° 78 del 30 de enero de 2017 y Nº 355 del 22 de
mayo de 2017, la Decisión Administrativa N° 327 del 29 de mayo de 2017
y lo propuesto por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.
Que por el Decreto N° 78/17 se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que por la Decisión Administrativa N° 327/17 se incorporó a la
estructura de primer nivel operativo del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL el cargo de Director Nacional de Ejecución de Proyectos
Autónomos y se derogó de la misma la Dirección Nacional de Gestión de
Cooperativas Protegidas en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS
INTEGRADORAS perteneciente a la SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL de este
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL considera imprescindible proceder a la cobertura transitoria de los referidos cargos.
Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el Decreto N° 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda
designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o
entidad correspondiente.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que la SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN JURÍDICO INSTITUCIONAL del
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha intervenido en el marco de sus
competencias.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
por el artículo 2° del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase, con carácter transitorio, a partir del 17 de
enero de 2017 hasta el 29 de mayo de 2017 al señor Federico SEITUN
(D.N.I. N° 30.494.836), en el entonces cargo de Director Nacional de
Gestión de Cooperativas Protegidas de la ex Unidad Ejecutora de Ingreso
Social con Trabajo del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Nivel A – Grado
0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel
II, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO homologado por el Decreto Nº
2098/08, sus modificatorios y complementarios, y con autorización
excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el
artículo 14 del citado Convenio.
ARTÍCULO 2°.- Desígnase, con carácter transitorio, a partir del 29 de
mayo de 2017 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha de la presente medida, al señor Federico
SEITUN (D.N.I. N° 30.494.836), en el cargo de Director Nacional de
Ejecución de Proyectos Autónomos de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS
INTEGRADORAS perteneciente a la SECRETARÍA DE ECONOMÍA SOCIAL del
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, Nivel A – Grado 0, autorizándose el
correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I, del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios
y complementarios, y con autorización excepcional por no reunir los
requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.
ARTÍCULO 3°.- El cargo involucrado en el artículo 2° de la presente
decisión administrativa, deberá ser cubierto conforme los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente,
en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08, sus
modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
Decisión Administrativa será atendido con cargo a las partidas
específicas de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Carolina Stanley.
e. 15/09/2017 N° 69046/17 v. 15/09/2017