INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 964-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 15/09/2017
VISTO el Expediente Nº 7555/2017 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE
CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus
modificatorias, los Decretos Nros. 1536, de fecha 20 de agosto de 2002,
324 de fecha 8 de mayo de 2017, las Resoluciones Nros. 806 de fecha 16
de abril de 2010 y su modificatoria; 1027 de fecha 1 de junio de 2016 y
sus modificatorias; 554 de fecha 28 de julio de 2017 y 555 de fecha 28
de julio de 2017 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES y,
CONSIDERANDO:
Que conforme a la Resolución INCAA N° 1027/2017 y sus modificatorias,
la ESCUELA NACIONAL DE EXPERIMENTACIÓN Y REALIZACIÓN CINEMATOGRÁFICA
(ENERC), depende del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.
Que el artículo 3° del Decreto N° 1536/02 establece, en su párrafo
segundo, que el Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES
AUDIOVISUALES determinará la planta del personal, su distribución y
asignación de funciones. De igual modo podrá asignar las dotaciones que
estime correspondan a las distintas unidades del organismo, de
conformidad con la estructura que establezca.
Que por Resolución INCAA N° 806 de fecha 16 de abril de 2010, se aprobó el REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA ENERC.
Que la Resolución INCAA N° 1847 de fecha 1° de septiembre de 2010,
modificó el artículo primero del REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE
LA ENERC estableciendo que su gobierno será ejercido por la Presidencia
del INCAA y que el Rector será designado por la misma, previo concurso
de selección de proyectos y antecedentes.
Que mediante la Resolución INCAA N° 2241 de fecha 12 de octubre de
2010, se aprobó el Reglamento de Llamado a Concurso para el Cargo de
Rector de la ENERC.
Que mediante Resolución INCAA N° 83 de fecha 26 de enero de 2016, se
aprobaron las modificaciones al Reglamento de Llamado a Concurso para
el Cargo de Rector/a, de la ESCUELA NACIONAL DE EXPERIMENTACIÓN Y
REALIZACIÓN CINEMATOGRÁFICA (ENERC), y asimismo se aprobó el llamado a
dicho concurso.
Que por Resolución INCAA N° 554, de fecha 28 de julio del 2017, se
aprobó el Reglamento de Selección para el cargo de Rector de la Escuela
Nacional de Experimentación y Realización Cinematográfica (ENERC).
Que por Resolución INCAA N° 555, de fecha 28 de julio del 2017, se
aprobaron las Bases para el Concurso de Selección para el cargo de
Rector de la Escuela Nacional de Experimentación y Realización
Cinematográfica (ENERC).
Que el mencionado concurso tiene abierta su convocatoria hasta el día 19 de septiembre de 2017.
Que, en virtud del interés suscitado y el volumen de consultas
recibidas, resulta oportuno disponer la prórroga del período de
inscripción hasta las DIECISIETE HORAS (17:00 horas) del lunes 2 de
octubre de 2017 inclusive, para garantizar la pluralidad y amplitud de
la convocatoria que permita una mayor concurrencia de candidatos con el
objeto de obtener mejores propuestas en vistas a la promoción de la
diversidad, tendiente a garantizar la excelencia académica como
objetivo último de la convocatoria.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y
ARTES AUDIOVISUALES ha tomado la intervención que le compete.
Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge de la
Ley N° 17.741 (t.o.2001) y sus modificatorias, el artículo 3° del
Decreto N° 1536/2002, el Decreto N° 324/2017 y la Resolución INCAA N°
806/2010 y su modificatoria.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dése por prorrogado hasta las DIECISIETE HORAS (17:00
horas) del día lunes 2 de octubre de 2017 inclusive, el plazo de cierre
a la convocatoria al “CONCURSO DE SELECCIÓN PARA EL CARGO DE RECTOR DE
LA ESCUELA NACIONAL DE EXPERIMENTACIÓN Y REALIZACIÓN CINEMATOGRÁFICA
(ENERC)”, llamado por Resolución INCAA N° 555/2017.
ARTÍCULO 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial durante el plazo de UN (1) día en la Primera Sección.
ARTÍCULO 3°.- Publíquese la nueva fecha de cierre del concurso
anteriormente mencionado en la página web del INSTITUTO NACIONAL DE
CINE Y ARTES AUDIOVISUALES - http://www.incaa.gob.ar.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN
NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ralph Douglas Haiek.
e. 18/09/2017 N° 69557/17 v. 18/09/2017