MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
Resolución 266-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 15/09/2017
VISTO el Expediente Nº EX-2017-08489932--APN-DDYME#MA del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 297 de fecha 26 de agosto de 2010, modificada
por su similar N° 505 de fecha 12 de noviembre de 2010 ambas del ex -
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA y PESCA, se aprobó el PROGRAMA
NACIONAL DE LECHERÍA.
Que mediante la Resolución Nº 948 de fecha 30 de septiembre de 2013 del
ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA y PESCA, se creó el PROGRAMA
ARGENTINO DE PRUEBA DE REPRODUCTORES BOVINOS DE LECHE, en adelante el
PROAR, en el marco del mencionado PROGRAMA NACIONAL DE LECHERÍA, con el
objetivo principal de lograr mayor productividad de los rodeos lecheros
en la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que a través del PROAR se pretendía accionar sobre las evaluaciones
genéticas como herramienta fundamental para el mejoramiento de la
producción primaria en tanto los productores lecheros puedan
seleccionar y multiplicar aquellos ejemplares de comportamiento
superior, capaces de producir más y en forma más eficiente, mejorando
marcadamente la productividad de sus explotaciones.
Que el mencionado Programa fue sometido a un análisis de continuidad
durante el periodo 2016-2017 y teniendo en miras el objeto para el cual
fue creado, se concluyó:
Que existe consenso sobre la falta de sustentabilidad técnica del
PROAR, planteando distribución de semen para pruebas de progenie
convencionales, cuando los avances a nivel mundial se han consolidado
aplicando la selección genómica.
Que existe consenso en que a pesar del tiempo transcurrido, no se han
presentado a la fecha planes alternativos, que redefinieran las
acciones en marcha, adecuándolas a un programa sustentable de acuerdo a
los conocimientos existentes en la materia.
Que existe consenso sobre que estas alternativas de acción ya existían
cuando se firmó la resolución que creó el PROAR en el año 2013, el cual
siguió adelante a pesar de los cambios necesarios que en esos momentos
ya eran evidentes.
Que existe consenso en que destinar el CIEN POR CIENTO (100%) del PROAR
a una sola raza lechera, excluyendo otras razas, como por ejemplo la
raza Jersey, la cual es de interés para muchos productores argentinos,
lo hace demasiado acotado.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud
de las facultades que le otorga la Ley de Ministerios (texto ordenado
por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones y el Decreto Nº 1.344 de
fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto la Resolución Nº 948 de fecha 30 de
septiembre de 2013 del ex - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente
medida.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ricardo Buryaile.
e. 21/09/2017 N° 70101/17 v. 21/09/2017