DECLARACIONES OFICIALES
Ley 27390
“La Fiesta de la Navidad Cordillerana”.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTÍCULO 1°.- Declárese Fiesta Nacional a “La Fiesta de la Navidad Cordillerana” durante el mes de diciembre de cada año.
ARTÍCULO 2°.- Institúyase Sede Nacional Permanente de la Fiesta
Nacional de la Navidad Cordillerana a la ciudad de San Martín de los
Andes, provincia del Neuquén.
ARTÍCULO 3°.- Inclúyase la misma en el Calendario Turístico Nacional.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL TRECE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.
— REGISTRADO BAJO EL N° 27390 —
MARTA G. MICHETTI. — EMILIO MONZÓ. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.
e. 02/10/2017 N° 74365/17 v. 02/10/2017