MONUMENTOS HISTÓRICOS NACIONALES

Ley 27398

Declaración.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

ARTÍCULO 1°.- Declárese monumento histórico nacional, en los términos de la ley 12.665, al edificio que fuera sede de la intendencia del Parque Nacional Lanín, sito en la calle Emilio Frey 749, entre las calles San Martín y Roca, manzana 29° y con nomenclatura catastral 152.061-6.076-0000, en la ciudad de San Martín de los Andes, provincia del Neuquén.

ARTÍCULO 2°.- La Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos, dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación, instrumentará todo lo atinente para el cumplimiento de la presente ley.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL TRECE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE.

— REGISTRADO BAJO EL N° 27398 —

MARTA G. MICHETTI. — EMILIO MONZÓ. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.

e. 02/10/2017 N° 74373/17 v. 02/10/2017