MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
Resolución 1064-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 25/10/2017
VISTO el Expediente N° 3190/13 del Registro del MINISTERIO DE CIENCIA,
TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, la Ley N° 26.338, el Decreto N° 380
del 27 de abril de 2005, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 380/05 se autorizó al MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION a crear la FUNDACION ARGENTINA DE NANOTECNOLOGIA (F.A.N.) y
a designar a los representantes del ESTADO NACIONAL para integrar los
distintos cuerpos orgánicos.
Que la Ley N° 26.338 en su artículo 23 quinquies, punto 5, dispuso que
compete al MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
entender en la formulación y ejecución de planes, programas y proyectos
y en el diseño de medidas e instrumentos para la promoción de la
ciencia, la tecnología y la innovación, así como administrar los ya
existentes en materia de promoción de la nanotecnología a través de la
F.A.N.
Que por conducto del Artículo 7° del Estatuto de la mencionada
Fundación se estableció que la misma será dirigida y administrada por
un Consejo de Administración, integrado por un mínimo de SEIS (6) y un
máximo de NUEVE (9) miembros, que durarán DOS (2) años en sus cargos
pudiendo ser reelegidos indefinidamente.
Que el día 24 de Noviembre de 2017 operará el vencimiento del mandato del Presidente del Consejo de Administración de la F.A.N.
Que en este marco corresponde proceder a cubrir el cargo que quedará
vacante a fin de dar continuidad al cumplimiento de los objetivos de la
referida FUNDACION.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 26.338 y por el Decreto N° 380/05.
Por ello,
EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase al Ingeniero Oreste Daniel LUPI (DNI N°
M4.557.584) en el cargo de Presidente del Consejo de Administración de
la FUNDACION ARGENTINA DE NANOTECNOLOGIA (F.A.N.) a partir del 24 de
noviembre de 2017 por el término de DOS (2) años.
ARTÍCULO 2°.- Dése cuenta de la presente a los fines pertinentes a la
INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS
REGISTRALES de la SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES del MINISTERIO DE
JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — José Lino Salvador Barañao.
e. 07/11/2017 N° 85396/17 v. 07/11/2017