UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SAN MARTÍN

Resolución 1098/2017

San Martín, 11/09/2017

VISTO, el Expediente N° 2418/2016, del registro de la Secretaría Administrativa de la Universidad Nacional de General San Martín, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución del Consejo Superior N° 17/2005 se aprobó la creación de la Especialización en Kinefisiatría Crítica Respiratoria y Terapia Intensiva, dependiente del Instituto de Ciencias de la Rehabilitación y el Movimiento de la Universidad Nacional de General San Martín.

Que la carrera fue presentada a acreditación ante la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU) en la Convocatoria de la disciplina del año 2007, según lo establecido en la normativa vigente.

Que en el marco del proceso de evaluación de la misma, se estableció como requerimiento para su acreditación la modificación de la denominación de la carrera y del título correspondiente.

Que en virtud de ello, el Instituto de Ciencias de la Rehabilitación y el Movimiento, efectúa la presentación a Consejo Superior mediante la cual propone la modificación de la denominación “Especialización en Kinefisiatría Crítica Respiratoria y Terapia Intensiva” por “Especialización en Kinefisiatría Crítica Respiratoria”, la cual es aprobada por Resolución del Consejo Superior N° 248/2009.

Que la carrera Especialización en Kinefisiatría Crítica Respiratoria ha sido acreditada por la Resolución de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria N° 1050/2010.

Que el Ministerio de Educación otorgó reconocimiento oficial y la consecuente validez nacional al título de posgrado Especialista en Kinefisiatría Crítica Respiratoria mediante Resolución N° 779 del 6 de abril de 2015.

Que durante el prolongado lapso de tiempo transcurrido desde el momento de inicio de la primera cohorte hasta la fecha de finalización del trámite de acreditación, la carrera produjo egresados a los cuales se les ha expedido el título con la denominación anterior y que por lo tanto no han sido legalizados por el Ministerio de Educación por no contar con la acreditación correspondiente de la mencionada Comisión.

Que en virtud del cambio de denominación de la carrera aprobado por la Resolución del Consejo Superior N° 248/2009, los títulos otorgados a los egresados de la Especialización en Kinefisiatría Crítica Respiratoria y Terapia Intensiva se corresponden a la carrera Especialización en Kinefisiatría Crítica Respiratoria.

Que la Secretaría Académica y el Secretario Académico del Instituto mencionado, han proporcionado la información correspondiente a los fines de identificar los graduados que han recibido el diploma con el título Especialista en Kinefisiatría Crítica Respiratoria y Terapia Intensiva y quienes podrán solicitar la emisión de un nuevo diploma con el título de Especialista en Kinefisiatría Crítica Respiratoria que cuenta con reconocimiento oficial y validez nacional, según consta de fs. 61 a fs. 86 del Expediente N° 2418/2016.

Que a fs. 120, el Decano del Instituto de Ciencias de la Rehabilitación y el Movimiento solicita que la difusión de la presente se efectúe a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos.

Que en virtud de lo mencionado precedentemente, y de acuerdo con lo establecido por el Artículo 63 inciso 1) del Estatuto de la Universidad Nacional de General San Martín corresponde al Señor Rector dictar actos administrativos del presente tenor.

Por ello,

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE GENERAL SAN MARTÍN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Los graduados que hayan obtenido, en su oportunidad, el título de Especialista en Kinefisiatría Crítica Respiratoria y Terapia Intensiva, cuyo detalle obra como Anexo I de la presente, podrán solicitar la emisión de un nuevo diploma con título de Especialista en Kinefisiatría Crítica Respiratoria que cuenta con reconocimiento oficial y validez nacional, a efectos de que pueda gestionarse la legalización correspondiente.

ARTÍCULO 2°.- Cada graduado que requiera la emisión del diploma de Especialista en Kinefisiatría Crítica Respiratoria, deberá presentar una solicitud por escrito mediante nota formal dirigida al Decano del Instituto de Ciencias de la Rehabilitación y el Movimiento y deberá ser ingresada por la Coordinación de Mesa de Entradas, perteneciente a la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo de la Secretaría Administrativa de la Universidad, sita en Yapeyú 2068, localidad de San Martín de lunes a viernes de 11:00 hs. a 16:00 hs.

ARTÍCULO 3°.- A partir de cada solicitud recibida, el Instituto de Ciencias de la Rehabilitación y el Movimiento, reiniciará el circuito de egreso del estudiante del sistema de gestión de alumnos “SIU Guaraní” y remitirá el pedido de emisión de diploma a la Secretaría Académica.

ARTÍCULO 4°.- El Instituto de Ciencias de la Rehabilitación y el Movimiento informará al graduado que deberá entregar en Secretaría Académica de la Universidad el diploma emitido con el título de Especialista en Kinefisiatría Respiratoria y Terapia Intensiva para su anulación.

ARTÍCULO 5°.- Instruir al Decano del Instituto de Ciencias de la Rehabilitación y el Movimiento a dar la mayor difusión de la presente a los fines de que se pueda ejercer el derecho reconocido en el artículo 1° de la presente, haciendo publicidad del presente acto administrativo para que sea de conocimiento general de los graduados de la mencionada Especialización.

ARTÍCULO 6°.- Registrar, publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, comunicar a quien corresponda, y cumplido, archivar. — Carlos Ruta.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 15/11/2017 N° 88384/17 v. 15/11/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexo I)