AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
Decisión Administrativa 1008/2017
Incorpóranse cargos. Decisión Administrativa Nº 477/1198.
Ciudad de Buenos Aires, 16/11/2017
VISTO el Expediente EX-2017-25564376-APN-SECCI#JGM, el Decreto N° 698
de fecha 5 de septiembre de 2017, el Decreto N° 458 de fecha 28 de
junio de 2017, el Decreto Nº 868 de fecha 26 de octubre de 2017, la
Decisión Administrativa N° 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que la Decisión Administrativa N° 477/98 en su artículo 1° constituyó
el Gabinete, entre otros, de los señores Jefe de Gabinete de Ministros,
Ministros, Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,
Secretarios y Subsecretarios, Jefe de la Casa Militar, Procurador del
Tesoro de la Nación y el Secretario Legal y Técnico de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN, el que estará integrado con el equivalente a la cantidad
de Unidades Retributivas, que se detallan en la Planilla Anexa a la
misma.
Que por el Decreto Nº 698/17 se creó la AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD, como organismo descentralizado en la órbita de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, encargado del
diseño, coordinación y ejecución general de las políticas públicas en
materia de discapacidad, la elaboración y ejecución de acciones
tendientes a promover el pleno ejercicio de los derechos de las
personas en situación de discapacidad y la conducción del proceso de
otorgamiento de las pensiones por invalidez y las emergentes de las
Leyes N° 25.869 y N° 26.928 en todo el territorio nacional,
estableciéndose que será el organismo continuador, a todos los fines de
las ex COMISIÓN NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES y ex COMISIÓN
NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Que por el artículo 2° del citado Decreto se estableció que la
conducción de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD estará a cargo de UN
(1) Director Ejecutivo, con rango y jerarquía de Secretario, y UN (1)
Subdirector Ejecutivo, con rango y jerarquía de Subsecretario.
Que por el artículo 8° del Decreto N° 458/17, sustituido por el
artículo 31 del Decreto Nº 868 de fecha 26 de octubre de 2017, se creó
el cargo Extraescalafonario de Coordinador de Planeamiento Estratégico
G20, dependiente de la COORDINACIÓN GENERAL UNIDAD TÉCNICA G20 de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con rango y
jerarquía de Subsecretario.
Que en esta instancia y en atención a la naturaleza de sus cometidos,
resulta necesario incorporar los cargos mencionados en los artículos
precedentes, con carácter de excepción, en los artículos 1°, 2° y 3°,
así como en el inciso b) y c) de la Planilla Anexa al artículo 1° de la
Decisión Administrativa N° 477/98 y sus modificatorios.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Incorpóranse, con carácter de excepción, los cargos de
Director Ejecutivo y Subdirector Ejecutivo de la AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA
GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en los artículos 1º, 2º y 3º,
así como en los incisos b) y c), respectivamente, de la Planilla Anexa
al artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 477 del 16 de
septiembre de 1998 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2°.- Incorpórase, con carácter de excepción, el cargo
extraescalafonario de Coordinador de Planeamiento Estratégico G20,
dependiente de la COORDINACIÓN GENERAL UNIDAD TÉCNICA G20 de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en los artículos 1º,
2º y 3º, así como en el inciso c) de la Planilla Anexa al artículo 1º
de la Decisión Administrativa Nº 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus
modificatorias.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados a la JURISDICCIÓN 20.01
– SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.
e. 17/11/2017 N° 89489/17 v. 17/11/2017