POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
Disposición 1203-E/2017
Aeropuerto Internacional Ezeiza, Buenos Aires, 15/11/2017
VISTO el Expediente Nº EX-2017-28066230-APN-DSA#PSA del Registro de
esta POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, las Disposiciones Nros. 244 de
fecha 16 de marzo de 2017 y 1.202 de fecha 15 de noviembre de 2017,
ambas del Registro de esta Institución, y
CONSIDERANDO,
Que por la Disposición PSA N° 244/17 se aprobó el PROGRAMA NACIONAL DE
SEGURIDAD DE LA CARGA AÉREA (PNSCA) como nuevo instrumento jurídico de
aplicación operativa y eficaz, que reglamenta, en forma ordenada y
sistemática, los distintos aspectos que involucra la seguridad de la
carga y correo por vía aérea.
Que por la Disposición PSA N° 1202/17, se aprobó la modificación de la
Sección 1.2 “ALCANCE Y ÁMBITO TERRITORIAL DE APLICACIÓN”, de la parte
pública del referido Programa.
Que atento haberse advertido un error involuntario en la numeración del
articulado de la Disposición PSA N° 1202/17, corresponde proceder a su
rectificación.
Que la Reglamentación de la Ley de Procedimiento Administrativo,
aprobada por el Decreto Nº 1759/72 – T.O. 2017, establece en su
artículo 101: “Rectificación de errores materiales. En cualquier
momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los
aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancia del acto o
decisión. En los expedientes electrónicos se realizará mediante la
subsanación de errores materiales en el sistema de Gestión Documental
Electrónica, previa vinculación del acto administrativo que la
autorice”.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta Institución ha
tomado intervención oportunamente en el marco de la Disposición PSA N°
1202/17.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por
Ley de Procedimiento Administrativo Nº 19.549 y su Decreto
Reglamentario Nº 1759/72 - T.O. 2017 y el Decreto Nº 274 de fecha 29 de
diciembre de 2015.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE LA POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Rectifíquese el articulado de la Disposición PSA N° 1202/17. Donde dice “ARTÍCULO 3°”, debe decir “ARTÍCULO 2°”.
ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alejandro Itzcovich Griot.
e. 21/11/2017 N° 89541/17 v. 21/11/2017