MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
SECRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT
Resolución 22-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 15/11/2017
VISTO el Expediente EX-2017-22103649-APN-SSDUYV#MI, y la Resolución N°
61 de fecha 24 de agosto de 2016 del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS
PÚBLICAS Y VIVIENDA, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución 61–E/2016 del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS
Y VIVIENDA faculta a esta Secretaría, a dejar sin efecto los convenios
particulares suscriptos en el marco de los programas que se encuentran
bajo su competencia, que tengan por objeto la ejecución de proyectos
que quedaron paralizados o carecen de inicio de ejecución, y que se
encuentren en tal situación con anterioridad al 1° de enero de 2015.
Que en tal sentido, la Dirección de Programas de Emergencia dependiente
de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de esta Secretaría,
realizó un nuevo relevamiento de convenios particulares, del cual surge
la existencia de acuerdos que cumplen con las condiciones establecidas
en la mencionada Resolución.
Que los referidos acuerdos se detallan en el Anexo I, que forma parte
integrante de la presente resolución, donde se solicita dejar sin
efecto los convenios particulares vinculados con estos acuerdos, de
conformidad con lo establecido en el artículo 1° de la Resolución Nº
61–E/2016 del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
Que la presente resolución se dicta sin perjuicio del inicio de las
acciones administrativas y legales que correspondan, conforme lo
establecido en el artículo 2° de la Resolución Nº 61–E/2016 del
MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS
PÚBLICAS Y VIVIENDA, ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello,
EL SECRETARIO DE VIVIENDA Y HÁBITAT
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dejase sin efecto los convenios particulares identificados en el Anexo I de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Encomiéndese a la Dirección Nacional de Inspección de
Obras y Control FO.NA.VI. dependiente de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO
URBANO Y VIVIENDA, a realizar las auditorías e informar el avance
mensual a los fines de determinar las causas de la paralización o el no
inicio de las obras a los efectos de iniciar las acciones
administrativas y legales, de conformidad a lo establecido en el
Artículo 2° de la Resolución 61–E/2016 del MINISTERIO DEL INTERIOR,
OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA y respeto del listado de Convenios
Particulares obrante en el Anexo I y los enumerados en los Anexos I de
las Resoluciones 5–E/2016, 1–E/2017 y 8-E/2017 respectivamente.
ARTÍCULO 3º.- Publiquese las Resoluciones Nº 5–E/2016, Nº 1–E/2017 y Nº
8-E/2017 de la SECRETARIA DE VIVIENDA Y HÁBITAT, a los fines de dar
cumplimiento a lo establecido en el artículo 2º de la presente.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Domingo Luis Amaya.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 21/11/2017 N° 89332/17 v. 21/11/2017
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)