CONTRATOS
Decreto 952/2017
Apruébase Modelo de Contrato de Préstamo BID.
Ciudad de Buenos Aires, 23/11/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-15825231-APN-MF y el Modelo de Contrato
de Préstamo BID Nº 4244/OC-AR propuesto para ser suscripto entre la
REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 4244/OC-AR, el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), se compromete a asistir
financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la
ejecución del “Programa de Apoyo a Reformas de Transparencia e
Integridad en Argentina”, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES
DOSCIENTOS MILLONES (U$S 200.000.000).
Que el objetivo del citado Programa es apoyar la ejecución de un
programa de reforma de políticas consistente en contribuir a la
transparencia e integridad de la gestión pública mediante regulaciones
y mecanismos que promuevan al acceso a la información.
Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán TRES (3)
componentes: (I) Fortalecimiento del acceso a la información y del
marco legal de la ética de los funcionarios públicos; (II)
Fortalecimiento de la transparencia del uso de los recursos públicos; y
(III) Fortalecimiento de la transparencia financiera.
Que la ejecución del programa y la utilización de los recursos del
financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE FINANZAS
mediante la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON ENFOQUE
SECTORIAL AMPLIO dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROYECTOS CON
ORGANISMOS INTERNACIONALES DE CRÉDITO dependiente de la SUBSECRETARÍA
DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES de la SECRETARÍA DE FINANZAS
de dicho Ministerio, denominado en adelante “Organismo Ejecutor”.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del
MINISTERIO DE FINANZAS, suscriba el Contrato de Préstamo BID N°
4244/OC-AR, así como toda otra documentación relacionada con la
operatoria de dicho préstamo.
Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de
Finanzas para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA
ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID N° 4244/OC-AR y acuerde
las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del
“Programa de Apoyo a Reformas de Transparencia e Integridad en
Argentina”, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al
objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto
o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de
Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en
este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y
objetivos para los que será destinado el mencionado préstamo.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de la Jurisdicción de origen.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el
artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 53 de
la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID Nº
4244/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DÓLARES
ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (U$S 200.000.000), destinado a
financiar el “Programa de Apoyo a Reformas de Transparencia e
Integridad en Argentina”, que consta de las Normas Generales integradas
por NUEVE (9) Capítulos y de las Estipulaciones Especiales integradas
por SEIS (6) Capítulos, que como Anexo I
(IF-2017-16876294-APN-SSRFI#MF) forma parte integrante de la presente
medida. Asimismo, forman parte integrante de la presente medida, como
Anexos II (IF-2017-01431624-APN-SSRFI#MF) y III
(IF-2017-01431474-APN-SSRFI#MF), las “Políticas para la Adquisición de
Bienes y Obras financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo” y
las “Políticas para la Selección y Contratación de Consultores
Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”,
respectivamente, ambas correspondientes a la edición del mes de marzo
de 2011.
ARTÍCULO 2º.- Facúltase al señor Ministro de Finanzas, o al funcionario
o funcionarios que el mismo designe, a suscribir, en nombre y
representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID
N° 4244/OC-AR y su documentación adicional, conforme al Modelo que se
aprueba por el artículo 1º del presente decreto.
ARTÍCULO 3º.- Facúltase al señor Ministro de Finanzas, o al funcionario
o funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir, en nombre
y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato
de Préstamo BID N° 4244/OC-AR cuyo Modelo se aprueba por el artículo 1º
de la presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios
sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un
incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento
arbitral pactado.
ARTÍCULO 4º.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Programa de
Apoyo a Reformas de Transparencia e Integridad en Argentina” al
MINISTERIO DE FINANZAS, a través de la UNIDAD DE COORDINACIÓN DE
PROGRAMAS Y PROYECTOS CON ENFOQUE SECTORIAL AMPLIO de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE PROYECTOS CON ORGANISMOS INTERNACIONALES DE CRÉDITO
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS
INTERNACIONALES, de la SECRETARÍA DE FINANZAS del citado Ministerio,
quedando facultada para realizar todas las operaciones y contrataciones
necesarias para la ejecución del mencionado Programa, conforme las
normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo
que se aprueba por el artículo 1° de la presente medida.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Luis Andres
Caputo.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 24/11/2017 N° 91351/17 v. 24/11/2017
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)