Ley 10.871

DERECHOS POLITICOS DE CIUDADANOS ARGENTINOS QUE PRESTARON SERVICIO EN EJERCITOS BELIGERANTES DURANTE LA PRIMERA GUERRA MUNDIAL.

BUENOS AIRES, 27 de septiembre de 1919



El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunido
en Congreso, etc.
SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

ARTICULO 1. - Declárase en el pleno goce de sus derechos políticos a los ciudadanos argentinos que voluntariamente prestaron servicios en los ejércitos beligerantes durante la guerra europea de 1914 a 1919.

ARTICULO 2. - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FIRMANTES