Ley Nº 11.013 referente al impuesto de bosques y yerbales.

LEY Nº 11.013

Buenos Aires, Junio 12 de 1920.

Por cuanto:

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de

LEY:

Art. 1º Hasta el 31 de Diciembre de 1920, continuará en vigencia la Ley Nº 10355, referente al Impuesto de Bosques y Yerbales.

Art. 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires a dos de Junio de mil novecientos veinte.

BENITO VILLANUEVA ARTURO GOYENECHE

Adolfo J. Labougle Carlos G. Bonorino

Por tanto:

Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Nacional y archívese.