Ley Nº 11.013 referente al impuesto de bosques y yerbales.
LEY Nº 11.013
Buenos Aires, Junio 12 de 1920.
Por cuanto:
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de
LEY:
Art. 1º Hasta el 31 de Diciembre de 1920, continuará en vigencia la Ley Nº 10355, referente al Impuesto de Bosques y Yerbales.
Art. 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires a dos de Junio de mil novecientos veinte.
BENITO VILLANUEVA ARTURO GOYENECHE
Adolfo J. Labougle Carlos G. Bonorino
Por tanto:
Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Nacional y archívese.