ACTOS DEL PODER EJECUTIVO

MINISTERIO DE HACIENDA

Declarando en vigencia durante el mes de Junio de 1920 el Presupuesto y leyes de impuestos que rigieron durante el año 1919.

Ley Nº 11.017

Buenos Aires, Junio 24 de 1920.

Por cuanto:

EL Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso etc., sanciona con fuerza de

LEY

Art. 1°. Declárase en vigencia durante el mes de Junio de 1920 el Presupuesto y leyes de impuestos que rigieron durante el año 1919.

Art 2°. No quedan comprendidas en la presente, las leyes, sobre impuestos que se sancionaron con posterioridad a la misma y las que habiéndolo sido con anterioridad deban regir en el corriente año.

Art. 3°. Dieta para (38) treinta y ocho Diputados incorporados, de acuerdo con la ley numero 10.834, por el mes Junio del corriente año a razón de $ 1.500 cada uno.

Art. 4°. El gasto que demande el articulo 3 se hará de rentas generales con imputación a la presente.

Art. 5°. Comuníquese el Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires a veinticuatro días del mes de Junio de mil novecientos veinte.

Benito Villanueva.

Adolfo Labogle.

Arturo Goyeneche.

Carlos G. Bonorino

Por tanto:

Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Nacional y Boletín Oficial y resérvese.

IRIGOYEN