ACTOS DEL PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE HACIENDA
Declarando en vigencia durante el mes de Junio de 1920 el Presupuesto y leyes de impuestos que rigieron durante el año 1919.
Ley Nº 11.017
Buenos Aires, Junio 24 de 1920.
Por cuanto:
EL Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso etc., sanciona con fuerza de
LEY
Art. 1°. Declárase en vigencia durante el mes de Junio de 1920 el Presupuesto y leyes de impuestos que rigieron durante el año 1919.
Art 2°. No quedan comprendidas en la presente, las leyes, sobre impuestos que se sancionaron con posterioridad a la misma y las que habiéndolo sido con anterioridad deban regir en el corriente año.
Art. 3°. Dieta para (38) treinta y ocho Diputados incorporados, de acuerdo con la ley numero 10.834, por el mes Junio del corriente año a razón de $ 1.500 cada uno.
Art. 4°. El gasto que demande el articulo 3 se hará de rentas generales con imputación a la presente.
Art. 5°. Comuníquese el Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires a veinticuatro días del mes de Junio de mil novecientos veinte.
Benito Villanueva.
Adolfo Labogle.
Arturo Goyeneche.
Carlos G. Bonorino
Por tanto:
Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Nacional y Boletín Oficial y resérvese.
IRIGOYEN