Declarando en vigencia durante los meses de Enero y Febrero el Presupuesto de Gastos y leyes de impuestos del año 1920.

Ley N° 11.108

Buenos Aires, Enero 28 de 1921.

Por cuanto:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de

LEY:

Art. 1°. Declárase en vigencia durante los meses de Enero y Febrero del corriente año, el Presupuesto y Leyes de impuestos que rigieron durante el año 1920.

Art. 2°. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a veintisie-te de Enero de 1921.

Benito Villanueva- Valentín Vergara- B. Ocampo- Carlos G. Bonorino.

Por tanto:

Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro Nacional y Boletín Oficial, y fecho, archívese.

IRIGOYEN