Declarando en vigencia durante los meses de Enero y Febrero el Presupuesto de Gastos y leyes de impuestos del año 1920.
Ley N° 11.108
Buenos Aires, Enero 28 de 1921.
Por cuanto:
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de
LEY:
Art. 1°. Declárase en vigencia durante los meses de Enero y Febrero del corriente año, el Presupuesto y Leyes de impuestos que rigieron durante el año 1920.
Art. 2°. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a veintisie-te de Enero de 1921.
Benito Villanueva- Valentín Vergara- B. Ocampo- Carlos G. Bonorino.
Por tanto:
Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro Nacional y Boletín Oficial, y fecho, archívese.
IRIGOYEN