Poniendo en vigencia durante el mes de Agosto de 1921 el Presupuesto General de gastos y leyes impositivas, que rigieron en 1920
LEY Nº 11.142
Buenos Aires, Agosto 26 de 1921.
Por cuanto:
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
LEY:
Art. 1º Declárase en vigencia por el mes de Agosto de mil novecientos veintiuno, el Presupuesto General de gastos y leyes impositivas que rigieron durante el año 1920.
Art. 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires a veinticinco de Agosto de mil novecientos veintiuno.
Benito Villanueva
Adolfo Labougle
Teófilo S. Bustamante
Carlos G. Bonorino
Por tanto:
Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Nacional y Boletín Oficial, fecho, archívese.
YRIGOYEN