Poniendo en vigencia durante el mes de Agosto de 1921 el Presupuesto General de gastos y leyes impositivas, que rigieron en 1920

LEY Nº 11.142

Buenos Aires, Agosto 26 de 1921.

Por cuanto:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

LEY:

Art. 1º Declárase en vigencia por el mes de Agosto de mil novecientos veintiuno, el Presupuesto General de gastos y leyes impositivas que rigieron durante el año 1920.

Art. 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires a veinticinco de Agosto de mil novecientos veintiuno.

Benito Villanueva

Adolfo Labougle

Teófilo S. Bustamante

Carlos G. Bonorino

Por tanto:

Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Nacional y Boletín Oficial, fecho, archívese.

YRIGOYEN