MINISTERIO DE HACIENDA
Declarando en vigencia las leyes impositivas que han regido en el
corriente año, hasta tanto se sancione el Presupuesto para 1923.
LEY N° 11.196
Buenos Aires, Diciembre 29 de 1922.
Por cuanto:
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de LEY:
Artículo1°. Hasta tanto el H. Congreso sancione las leyes impositivas para el año 1923, decláranse en vigencia las que han regido durante el año 1922.
Art. 2°. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a 28 de Diciembre de 1922.
Elpidio González.
A. H. Carosini
Adolfo J. Labougle
Carlos G. Bonorino
Por tanto:
Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro Nacional y archívese.
ALVEAR