MINISTERIO DE HACIENDA

Declarando en vigencia las leyes impositivas que han regido en el

corriente año, hasta tanto se sancione el Presupuesto para 1923.

LEY N° 11.196

Buenos Aires, Diciembre 29 de 1922.

Por cuanto:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de LEY:

Artículo1°. Hasta tanto el H. Congreso sancione las leyes impositivas para el año 1923, decláranse en vigencia las que han regido durante el año 1922.

Art. 2°. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a 28 de Diciembre de 1922.

Elpidio González.

A. H. Carosini

Adolfo J. Labougle

Carlos G. Bonorino

Por tanto:

Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro Nacional y archívese.

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