Ley 12.652

CAMBIO DE CATEGORIA DE LA REPRESENTACION DIPLOMATICA PERMANENTE ANTE EL GOBIERNO DE JAPON.

BUENOS AIRES, 24 de septiembre de 1940



El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos
en Congreso, etc.
SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

Art. 1.- Elévase al rango de embajada, la categoría de la representación diplomática permanente ante el Gobierno del Japón.

Art. 2.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, se imputarán a la misma, hasta tanto sean incluidos en el presupuesto general.

Art. 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

PATRON COSTAS - Noel - Figueroa - González Bonorino.