Decreto Ley 1.841/43
EMBAJADA ARGENTINA EN CUBA.
BUENOS AIRES, 28 de junio de 1943
El Presidente de la Nación Argentina, en Acuerdo General de
Ministros
DECRETA: ARTICULO 1. - Elévase la representación de la República en Cuba, al rango de Embajada.
ARTICULO 2. - Por el Ministerio de Relaciones Exteriores se procederá oportunamente a proponer y designar el titular de la misión.
ARTICULO 3. - Los gastos que demande el presente acuerdo, se imputarán a Rentas Generales, con cargo al mismo.
ARTICULO 4. - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Nacional y archívese.
RAMIREZ - Storni - Gilbert - Anaya - Santamarina - Farrell - Sueyro - Mason - Galíndez.