Ley 14.225

EMBAJADA ARGENTINA EN BELGICA.

BUENOS AIRES, 2 de septiembre de 1953



El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos
en Congreso, etc.
SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

ARTICULO 1.-Elévase al rango de embajada la categoría de la representación diplomática permanente de la República ante el Reino de Bélgica.

ARTICULO 2.- Los gastos que origine el cumplimiento de la presente ley se atenderán con afectación a los créditos del presupuesto en vigor para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

ARTICULO 3.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

TEISAIRE - BENITEZ.