Ley 14.225
EMBAJADA ARGENTINA EN BELGICA.
BUENOS AIRES, 2 de septiembre de 1953
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos
en Congreso, etc.
SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
ARTICULO 1.-Elévase al rango de embajada la categoría de la representación diplomática permanente de la República ante el Reino de Bélgica.
ARTICULO 2.- Los gastos que origine el cumplimiento de la presente ley se atenderán con afectación a los créditos del presupuesto en vigor para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
ARTICULO 3.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.
TEISAIRE - BENITEZ.