AMNISTIASE A INFRACTORAS DE LAS LEYES SOBRE DERECHOS POLITICOS DE LA MUJER Y DE ENROLAMIENTO GENERAL

LEY 14.282

Sancionada: 30-9-53

Promulgada: 22-10-53

POR CUANTO:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de LEY:

ARTICULO 1º - Amnistíase a las infractoras de la Ley 13.010, sobre derechos políticos de la mujer, y disposiciones de la Ley de enrolamiento general 11.386 que les fueren aplicables, así como a los hombres infractores de esta última ley.

ARTICULO 2º - Las personas a que concierne el artículo anterior deberán cumplir con la obligación de enrolarse dentro de los noventa días hábiles de promulgada la presente.

ARTICULO 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los treinta días del mes de setiembre del año mil novecientos cincuenta y tres.

A. E. CORREA A. J. BENITEZ

Alberto H. Reales Rafael V. González

- Registrada bajo el número 14.282 -

Buenos Aires, 22 de octubre de 1953

POR TANTO:

Téngase por ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Registro Nacional y archívese.

PERON. - Angel G. Borlenghi.