DECRETO-LEY Nº 1.761

Bs.As., 25 de octubre de 1955.

VISTO lo dispuesto por el Decreto Nº 1.760, y CONSIDERANDO: Que resulta conveniente modificar algunas disposiciones de la Ley 14.396, aprobatoria del presupuesto general de gastos y cálculo de recursos de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires para los ejercicios de los años 1955 y 1956, con el objeto de facilitar la gestión administrativa de la Intendencia Municipal. Por ello,

El Presidente Provisional de la Nación Argentina, en ejercicio del Poder Legislativo, Decreta con Fuerza de Ley:

Artículo 1º- Delégase en la Intendencia Municipal de la Ciudad de Buenos Aires, las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por los artículos 6º, 14º, 19º y 21º de la Ley 14.396 referentes, respectivamente, a la compensación de créditos presupuestarios, destino de los superávit de ejercicios clausurados de la Dirección General de Obras Municipales, reducción de las emisiones del empréstito municipal vigente y a la distribución de los créditos principales del presupuesto aprobado por dicha ley.

Art. 2º- Delégase, además, en la Intendencia Municipal de la Ciudad de Buenos Aires, en la forma en que para cada caso se establece, el ejercicio de las facultades previstas por los artículos 7º, 8º y 9º de la Ley 14.396:

a) Utilización de los créditos adicionales para reforzar las asignaciones previstas por el presupuesto (art. 7º);

b) Ajuste de créditos dentro del presupuesto parcial de cada Secretaría para contemplar reestructuraciones de organismos, creación de nuevos o refundición de los existentes (art. 8º);

c) Ajuste de presupuesto y cálculo de recursos de las cuentas especiales (art.9º).

Art. 3º- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Registro Nacional y archívese.

LONARDI