Resolución Nº 103/93

Bs. As.,21/01/1993

B.O: 26/01/93

VISTO la Resolución Nº 187 de fecha 6 de febrero de 1992 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada norma legal se efectuó una nueva prórroga de la desvalorización de las fajas que deben llevar adheridas los productos a que se refiere el artículo 23 de la Ley de Impuestos Internos, texto ordenado en 1979 y sus modificaciones, que fuera establecida por la Resolución Nº 110 del 7 de marzo de 1991 del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA y prorrogado por la Resolución Nº 607 del 5 de julio de 1991 y por la Resolución Nº 1382 del 29 de octubre de 1991, ambos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que resulta oportuno realizar una nueva prórroga del aludido régimen por el término de UN (1) año con el objeto de evaluar si en un período más amplio se mantiene su incidencia en el incremento de la recaudación.

Que en oportunidad del dictado de las referidas resoluciones el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se avocó al conocimiento y decisión del caso, no obstante las facultades conferidas a la SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS por el artículo 18 de la aludida ley, se considera conveniente que este Ministerio se avoque en iguales condiciones para proceder a una nueva prórroga.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Prorrógase hasta el 31 de enero de 1994 inclusive, la vigencia de las disposiciones de la Resolución Nº 110 (ex-MINISTERIO DE ECONOMIA) del 7 de marzo de 1991; prorrogada por la Resolución Nº 607 (MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS) del 5 de julio de 1991, por la Resolución Nº 1382 (MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS) del 29 de octubre de 1991 y por la Resolución Nº 187 (MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS) del 6 de febrero de 1992.

ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.. DOMINGO F. CAVALLO.-