Resolución Nº 103/93
Bs. As.,21/01/1993
B.O: 26/01/93
VISTO la Resolución Nº 187 de fecha 6 de febrero de
1992 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada norma legal se efectuó una nueva
prórroga de la desvalorización de las fajas que
deben llevar adheridas los productos a que se refiere el artículo
23 de la Ley de Impuestos Internos, texto ordenado en 1979 y sus
modificaciones, que fuera establecida por la Resolución
Nº 110 del 7 de marzo de 1991 del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA
y prorrogado por la Resolución Nº 607 del 5 de julio
de 1991 y por la Resolución Nº 1382 del 29 de octubre
de 1991, ambos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS.
Que resulta oportuno realizar una nueva prórroga del aludido
régimen por el término de UN (1) año con
el objeto de evaluar si en un período más amplio
se mantiene su incidencia en el incremento de la recaudación.
Que en oportunidad del dictado de las referidas resoluciones el
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se avocó
al conocimiento y decisión del caso, no obstante las facultades
conferidas a la SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS por el artículo
18 de la aludida ley, se considera conveniente que este Ministerio
se avoque en iguales condiciones para proceder a una nueva prórroga.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Prorrógase hasta el 31 de enero
de 1994 inclusive, la vigencia de las disposiciones de la Resolución
Nº 110 (ex-MINISTERIO DE ECONOMIA) del 7 de marzo de 1991;
prorrogada por la Resolución Nº 607 (MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS) del 5 de julio de 1991,
por la Resolución Nº 1382 (MINISTERIO DE ECONOMIA
Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS) del 29 de octubre de 1991 y por
la Resolución Nº 187 (MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS
Y SERVICIOS PUBLICOS) del 6 de febrero de 1992.
ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese,
dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese.. DOMINGO F. CAVALLO.-