Ley 20.714

APROBACION DE LAS ACTAS DEL X CONGRESO DE LA UNION POSTAL DE LAS AMERICAS Y ESPAÑA DE 1971.

BUENOS AIRES, 8 de agost0 de 1974



El Senado y la Cámara de Diputados
de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc.
SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

ARTICULO 1.- Apruébanse las actas del X Congreso de la Unión Postal de las Américas y España, suscriptas en Santiago de Chile el 26 de noviembre de 1971, y que forman parte de la presente ley:

a) Constitución de la Unión Postal de las Américas y España b) Reglamento general de la Unión Postal de las Américas y España y su protocolo final c) Convenio de la Unión Postal de las Américas y España y su protocolo final d) Reglamento de ejecución del convenio e) Acuerdo relativo a cartas y cajas con valor declarado f) Acuerdo relativo a encomiendas postales y su protocolo final g) Reglamento de ejecución del acuerdo relativo a encomiendas postales h) Acuerdo relativo a giros postales y su protocolo final i) Reglamento de la Oficina Internacional de la Unión Postal de las Américas y España j) Reglamento de la Oficina de Trasbordos de la Unión Postal de las Américas y España.

ARTICULO 2.- Formúlese la siguiente reserva en el acto de ratificación de las actas mencionadas en el artículo 1:

"La República Argentina hace constar que, de acuerdo con el principio general de reciprocidad, aplicará las mismas medidas restrictivas o de excepción que establezcan otros Estados miembros, bien en los protocolos finales o en el acto de ratificación de las actas".

ARTICULO 3.- Comuniquese al Poder Ejecutivo.

NOTA DE REDACCION: CONVENIOS ANEXOS NO PUBLICADOS

ALLENDE - Cantoni - LASTIRI - Lavia -