EMPRESAS DEL ESTADO

LEY N° 21.066

Obras Sanitarias de la Nación.

Modificación parcial del Art. 71 de la Ley 20.324 en lo que se refiere a exenciones o rebajas en el pago de servicios sanitarios.

Sancionada: Septiembre 23 de 1975.

Promulgada de hecho: Octubre 10 de 1975.

Por Cuanto:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina Reunidos en Congreso, etc., Sancionan con Fuerza de

Ley:

ARTICULO 1° — Modifícase el inciso a) del artículo 71 de la Ley 20.324, que quedará redactado en la siguiente forma:

a) Las curias eclesiásticas, los templos, las casas parroquiales, los conventos, seminarios y otros edificios exclusivamente religiosos, así como las escuelas, hospitales y hogares o asilos totalmente gratuitos pertenecientes a instituciones religiosas.

ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veintitrés días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y cinco

            A. GARCIA                    N. S. TORANZO

I. S. de Cesaretti                     L. Lavia

— Registrada baje el N° 21.066 —

Aprobada por el Poder Ejecutivo de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 70 de la Constitución Nacional.