LEY N° 22.121
Buenos Aires, 18 de Diciembre de 1979.
EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto del Proceso de Reorganización Nacional.
EL PRESIDENTE
DE LA NACIÓN ARGENTINA
SANCIONA Y PROMULGA
CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1°- Exímense del cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° de la Ley N° 21.907, a los Servicios de Cuentas Especiales y a la Empresa Pública que se consignan en la planilla anexa al presente artículo, dependientes de las Jurisdicciones 45-Ministerio de Defensa, 46-Comando en Jefe del Ejército, 47-Comando en Jefe de la Armada y 48-Comando en Jefe de la Fuerza Aérea.
ARTICULO 2°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
VIDELA.
Jose A. Martinez de Hoz.
David R. H. de la Riva.
Planilla anexa al artículo 1°
DETALLE DE ORGANISMOS CUYOS
RECURSOS PROPIOS AFECTARÁ
LA LEY N° 21.597
JURISDICCIÓN
CARÁCTER
ENTIDAD
Ministerio de Defensa
Cuentas Especiales
751-Escuela de Defensa Nacional-Producidos varios
858-Dirección General de Investigación y Desarrollos-Trabajos por
Cuenta de Terceros
Comando en Jefe del Ejercito
Cuentas Especiales
519-Ejército-Obras, Adquisiciones y Servicios Especiales
762-Dirección Nacional de Gendarmería-Producidos varios
764-Comando en Jefe del Ejército-Cumplimiento Ley N° 18.302
¨S¨
Comando en Jefe de la Armada
Cuentas Especiales
819-Prefectura Naval Argentina-Producidos varios
874-Obras y Servicios Especiales-Armada Argentina
Empresas y Sociedades del Estado
Construccion de Viviendas para la Armada (COVIARA)
Comando en Jefe de la Fuerza Aérea
Cuentas Especiales
289-Líneas Aéreas del Estado
385-Fondo Permanente para el Fomento de la Aviación Civil
390-Ley N° 13.041-Explotación de Aeropuertos y Aeródromos
472-Comando en Jefe de la Fuerza Aérea- Cumplimiento Ley N° 18.302
¨S¨
502-Construcciones y Adquisiciones Aeronáuticas