MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 31-E/2018

Ciudad de Buenos Aires, 12/01/2018

VISTO el Expediente Nº EX-2017-18477951-APN-SECPCYAIEC#MSG del registro de este Ministerio, la Ley N° 27.287, el Decreto Reglamentario N° 383 de fecha 30 de Mayo de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 28 de septiembre de 2016 se sancionó la Ley N° 27.287 que creó el SISTEMA NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO Y LA PROTECCIÓN CIVIL (SINAGIR) la cual tiene por objeto integrar las acciones y articular el funcionamiento de los organismos del GOBIERNO NACIONAL, los GOBIERNOS PROVINCIALES, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y MUNICIPALES, las Organizaciones No Gubernamentales y la sociedad civil, para fortalecer y optimizar las acciones destinadas a la reducción de riesgos, el manejo de la crisis y la recuperación.

Que por el artículo 17 de la mencionada Ley se creó el Fondo Fiduciario Público denominado FONDO NACIONAL DE EMERGENCIAS (FONAE), con el objeto de financiar y ejecutar las acciones de respuesta gestionadas por la SECRETARÍA EJECUTIVA del CONSEJO NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO Y LA PROTECCIÓN CIVIL, y que por artículo 18 se encomendó al Poder Ejecutivo Nacional su instrumentación y reglamentación.

Que de acuerdo a los artículos 26, 27 y 28 del Capítulo X del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 383/2017, el instrumento constitutivo del FONAE será suscripto entre el ESTADO NACIONAL, a través del MINISTERIO DE SEGURIDAD, como Fiduciante y el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA como Fiduciario.

Que de conformidad al artículo 28 del Capítulo X del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 383/2017, el ESTADO NACIONAL, las Provincias y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES en tanto hayan adherido al SINAGIR, se constituirán como BENEFICIARIOS del FONAE.

Que el artículo 29 del Capítulo X del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 383/2017 establece que el TESORO NACIONAL se constituirá como FIDEICOMISARIO del FONAE.

Que por el artículo 7º del Decreto Reglamentario Nº 383/2017 se instruyó al MINISTERIO DE SEGURIDAD a suscribir el Contrato de Fideicomiso requerido para constituir el FONAE.

Que ha tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que la suscripta es competente para el dictado de la presente medida en virtud del Artículo 22 bis, inciso 16, 17 y 18, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y lo dispuesto en el Artículo 35 inciso c) del Decreto Nº 1344/07.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el modelo de Contrato de Fideicomiso del Fondo Nacional de Emergencias, a suscribirse entre el ESTADO NACIONAL y el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA que, como Anexo (IF-2017-24613826-APN-SECPCYAIEC#MSG), forma parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Patricia Bullrich.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 16/01/2018 N° 2501/18 v. 16/01/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)