Resolución 277/2018
Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2018
VISTO el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018, la Resolución MC
N° 201 de fecha 24 de mayo de 2016 y su modificatoria Resolución MC N°
RESOL-2017-154-APN-MC de fecha 17 de marzo de 2017, rectificada por la
Resolución MC N° RESOL-2017-192-APN-MC de fecha 27 de marzo de 2017, y
el Expediente Electrónico N° EX-2018-08695880-APN-DMED#MC, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución MC N° 201/2016 se creó el PROGRAMA DE COOPERACIÓN
PARA LA FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICA (BECAR CULTURA)
en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL,
aprobándose el Reglamento de Bases y Condiciones del mencionado
Programa.
Que por la Resolución MC N° RESOL-2017-154-APN-MC, rectificada por la
Resolución MC N° RESOL-2017-192-APN-MC, se modifica el mencionado
Reglamento de Bases y Condiciones y se designa a la entonces SECRETARÍA
DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL como Autoridad de
Aplicación e Interpretación de esa medida y del Reglamento
(IF-2017-01418305-APN-SECIFYCI#MC, ANEXO I a la Resolución MC N°
RESOL-2017-192-APN-MC).
Que por el Decreto N° 174/2018 se aprobó el nuevo Organigrama de
Aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta
nivel de Subsecretaría, creándose la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE
GESTIÓN CULTURAL, a la cual se le asignaron, entre sus objetivos, el
desarrollo de políticas de cooperación cultural con otros Estados y
organismos internacionales, en coordinación con los organismos
competentes; y el diseño, coordinación y gestión de políticas de
integración y cooperación internacional, para la promoción de las
culturas, el intercambio de conocimientos y experiencias y el
desarrollo conjunto de acciones afines en coordinación con los
organismos competentes.
Que con fecha 7 de marzo del corriente año se suscribió el CONVENIO DE
COLABORACIÓN entre este MINISTERIO y el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES
(CONVE-2018-10048481-APN-DMED#MC), orientado a la articulación de
acciones conjuntas en el marco del Programa BECAR CULTURA, que
posibiliten la implementación de la línea Becas de Intercambio de aquel
Programa en colaboración con el Fondo Nacional de las Artes (FNA) en su
Convocatoria 2018, según los alcances de los instrumentos de
cooperación cultural suscriptos entre la REPÚBLICA ARGENTINA y los
distintos países y/u organizaciones, entidades e instituciones
culturales públicas, privadas y/o mixtas en el exterior, y conforme
demás lineamientos establecidos en el Reglamento de Bases y Condiciones
del Programa BECAR CULTURA.
Que mediante el mencionado CONVENIO, este MINISTERIO y el Fondo
Nacional de las Artes (FNA), acordaron que la Convocatoria 2018 del
Programa BECAR CULTURA en colaboración con el Fondo Nacional de las
Artes (FNA) se regirá por las “Bases Particulares de Participación para
la Convocatoria 2018 del Programa BECAR CULTURA -Ministerio de Cultura-
en colaboración con el Fondo Nacional de las Artes (FNA)” que como
ANEXO I (IF-2018-11395267-APN-SCGC#MC) integra la presente medida, y
que la totalidad del proceso técnico-administrativo para la
implementación de esa Convocatoria se regirá por el Reglamento de Bases
y Condiciones del Programa BECAR CULTURA
(IF-2017-01418305-APN-SECIFYCI#MC, ANEXO I a la Resolución MC N°
RESOL-2017-192-APN-MC).
Que en ese orden de ideas, corresponde aprobar el llamado para la Línea
Becas de Intercambio de la Convocatoria 2018 del Programa BECAR CULTURA
de este MINISTERIO en colaboración con el Fondo Nacional de las Artes
(FNA) conforme el cronograma que como ANEXO II
(IF-2018-11395357-APN-SCGC#MC) integra la presente medida, y aprobar la
aplicación del ANEXO I (IF-2018-11395267-APN-SCGC#MC) “Bases
Particulares de Participación para la Convocatoria 2018 del Programa
BECAR CULTURA - Ministerio de Cultura- en colaboración con el Fondo
Nacional de las Artes (FNA)” a dicha Convocatoria.
Que asimismo, corresponde designar a la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE
GESTIÓN CULTURAL como Autoridad de Aplicación e Interpretación de la
presente medida y del Reglamento de Bases y Condiciones del Programa
BECAR CULTURA (IF-2017-01418305-APN-SECIFYCI#MC, ANEXO I a la
Resolución MC N° RESOL-2017-192-APN-MC), autorizándosela a la
modificación total o parcial de este último y designándosela como
encargada de la instrumentación de todas las medidas pertinentes a fin
de lograr su efectivo cumplimiento.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este MINISTERIO ha tomado la debida intervención.
Que la presente medida se dicta de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N°
22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, el
Decreto N° 174/18, y la Resolución MC N° 154/17 rectificada por
Resolución MC N° 192/17.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase a la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE GESTIÓN
CULTURAL como Autoridad de Aplicación e Interpretación de la presente
medida y del Reglamento de Bases y Condiciones del PROGRAMA DE
COOPERACIÓN PARA LA FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICAS
(BECAR CULTURA) (IF-2017-01418305-APN-SECIFYCI#MC, ANEXO I a la
Resolución N° RESOL-2017-192-APN-MC), autorizándosela a la modificación
total o parcial de este último y designándosela como encargada de la
instrumentación de todas las medidas pertinentes a fin de lograr su
efectivo cumplimiento.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase la aplicación de las “Bases Particulares de
Participación para la Convocatoria 2018 del Programa BECAR CULTURA -
Ministerio de Cultura- en colaboración con el Fondo Nacional de las
Artes (FNA)” a dicha Convocatoria, Línea Becas de Intercambio, que como
ANEXO I (IF-2018-11395267-APN-SCGC#MC) integra la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Autorízase el llamado correspondiente a la Línea Becas de
Intercambio de la Convocatoria 2018 del PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA
FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICAS (BECAR CULTURA) de este
MINISTERIO en colaboración con el Fondo Nacional de las Artes (FNA),
conforme el cronograma que como ANEXO II (IF-2018-11395357-APN-SCGC#MC)
integra la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- Oportunamente, convóquese a los especialistas encargados
de realizar las evaluaciones correspondientes a la Convocatoria 2018
para la Línea Becas de Intercambio del PROGRAMA DE COOPERACIÓN PARA LA
FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y CREACIÓN ARTÍSTICAS (BECAR CULTURA) de este
MINISTERIO en colaboración con el Fondo Nacional de las Artes (FNA).
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, publíquese, comuníquese a la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, a la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE GESTIÓN
CULTURAL y al Fondo Nacional de las Artes (FNA), dése a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación, y oportunamente
archívese. — Alejandro Pablo Avelluto.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 03/04/2018 N° 20874/18 v. 03/04/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)