MINISTERIO DE CULTURA

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE GESTIÓN CULTURAL

Resolución 2/2018

Ciudad de Buenos Aires, 03/04/2018

VISTO la Resolución número RESOL-2018-132-APN-MC de fecha 1 de marzo de 2018 recaída en el Expediente EX-2018-06985195-APN-DMED#MC del registro del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución número RESOL-2018-132-APN-MC se creó el certamen “VAMOS LAS BANDAS SUB – 25” -Edición 2018 y se aprobó la convocatoria del certamen “VAMOS LAS BANDAS SUB – 25” –Edición 2018, y el documento técnico de bases y condiciones del certamen, de acuerdo con lo establecido en el Anexo I (IF-2018-08581723-APN-JGA#MC).

Que asimismo, el artículo 3° le encomendó a la entonces DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES o a la dependencia que la reemplace que asumiera su responsabilidad primaria y acciones, el carácter de autoridad de aplicación e interpretación del certamen.

Que la necesidad de asegurar una mayor participación y difusión del certamen aprobado, así como también en última instancia garantizar una más adecuada consecución del objeto del mismo, de promover la inclusión y el acceso a la cultura de jóvenes artistas amateurs de todo el país, conduce a ampliar el plazo de inscripción previsto en el artículo 3° del documento técnico de bases y condiciones hasta el 15 de abril de 2018.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.

Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de las facultades otorgadas en el Decreto N° 174/2018 y la Resolución número RESOL-2018-132-APN-MC.

Por ello,

LA SECRETARIA DE COORDINACIÓN DE GESTIÓN CULTURAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Amplíase el plazo de inscripción previsto en el artículo 3° de la Bases y Condiciones del Certamen “VAMOS LAS BANDAS SUB – 25” -Edición 2018 (IF-2018- 08581723-APN-JGA#MC) hasta el 15 de abril del 2018.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, dése a LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación, y, cumplido, archívese. — María Julieta García Lenzi.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 05/04/2018 N° 21377/18 v. 05/04/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)