PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN
Decisión Administrativa 670/2018
Desígnase Director Nacional de Dictámenes.
Ciudad de Buenos Aires, 20/04/2018
VISTO el Expediente Nº EX-2018-01258914-APN-DCTA#PTN, la Ley N° 27.431,
los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios
y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y 174 del 2 de marzo de
2018 y la Decisión Administrativa N° 312 del 13 de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.
Que el Decreto Nº 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda
designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las
estructuras organizativas, será efectuada por el señor Jefe de Gabinete
de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o
Entidad correspondiente.
Que por el Decreto N° 174/18, se aprobó el organigrama de aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,
aprobando asimismo, sus respectivos objetivos, entre los que se
encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS
HUMANOS.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 312/18 se aprobaron las
estructuras de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, se incorporaron, homologaron, reasignaron
y derogaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas diversos cargos
del citado Ministerio, entre ellos, se homologó el cargo de Director de
Dictámenes.
Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS solicita la cobertura
transitoria del cargo vacante y financiado de Director Nacional de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE DICTÁMENES de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA
NACIÓN, Nivel A, Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y
complementarios.
Que a los efectos de implementar dicha cobertura transitoria resulta
necesario designar a la persona que se propone con autorización
excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel A
establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO
DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS para atender el gasto resultante de la
medida que se aprueba por la presente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del citado Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del
artículo 2º del Decreto Nº 355 de fecha 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Desígnase transitoriamente, a partir del 10 de enero y
por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir
de la fecha de la presente decisión administrativa, al doctor Miguel
Francisco BÓO (D.N.I. Nº 24.829.759), en el cargo de Director Nacional
de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DICTÁMENES de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE
LA NACIÓN, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y
complementarios, con autorización excepcional por no reunir los
requisitos mínimos de acceso al Nivel A establecidos en el artículo 14
del citado Convenio, autorizándose el correspondiente pago de la
Función Ejecutiva Nivel I del mismo.
ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° deberá ser
cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y
complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de la fecha de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 40 -
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Germán Carlos Garavano.
e. 23/04/2018 N° 27172/18 v. 23/04/2018