AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
Disposición 115/2018
Ciudad de Buenos Aires, 24/04/2018
VISTO: el Expediente N° EX-2018-17603481-APN-DGA#ANSV del Registro de
la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, las Leyes N° 26.363 y 24.449 y
su normativa reglamentaria, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Artículo 1° de la Ley 26.363 se creó la AGENCIA
NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, como organismo descentralizado en el ámbito
del MINISTERIO DEL INTERIOR -actualmente bajo la órbita del MINISTERIO
DE TRANSPORTE-, cuya misión es la reducción de la tasa de
siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción,
coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial,
siendo, tal como lo establece el artículo 3° de dicha norma, la
autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial
nacionales.
Que en razón a su naturaleza jurídica y a los fines administrativos que
persigue, resultan de aplicación las normas que rigen los
procedimientos administrativos a nivel nacional.
Que por cuestiones operativas, presupuestarias, de disponibilidad de
espacios físicos, autonomía e imagen, se efectúa el traslado de la sede
de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL al edificio sito en Avenida
Corrientes Nº 1615 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que en esta instancia se hace necesario, a fin de garantizar la
adecuada recepción y tratamiento de la documentación recibida en la
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, con el propósito de respetar las
normas administrativas que regulan las materias de plazos y
notificaciones y realizar una gestión administrativa adecuada,
constituir el domicilio legal de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
en Avenida Corrientes Nº 1615, Planta Baja de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, lugar donde se desempeña la Mesa de Entradas, Salidas y
Archivo del Organismo, como asimismo su horario de atención.
Que la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL
DE SEGURIDAD VIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º incisos b), y j) de la Ley Nº 26.363.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Constitúyase domicilio legal de la AGENCIA NACIONAL DE
SEGURIDAD VIAL en la Avenida Corrientes N° 1615, Planta Baja (PB), de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2º.- Apruébese el horario de atención de la Mesa de Entradas,
Salidas y Archivo de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL para los
días hábiles administrativos en la franja horaria comprendida entre las
NUEVE (9) y las DIECISIETE (17) horas.
ARTÍCULO 3º.- La presente Disposición entrará en vigencia a partir del día 02 de Mayo de 2018.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Carlos Alberto Perez.
e. 25/04/2018 N° 28094/18 v. 25/04/2018