ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO
Decreto 365/2018
Establécese remuneración.
Ciudad de Buenos Aires, 25/04/2018
VISTO el Expediente N° EX-2018-09273458-APN-DMENYD#MTR, las Leyes N°
23.696 y N° 24.093; los Decretos Nros. 1456 de fecha 4 de septiembre de
1987, 817 de fecha 28 de mayo de 1992, 1029 de fecha 24 de junio de
1992 y 528 de fecha 29 de marzo de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 1456/87, dispuso la transformación de la
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS EMPRESA DEL ESTADO en Sociedad del
Estado, conforme los términos del artículo 9° de la Ley N° 20.705 y
aprobó su Estatuto.
Que posteriormente, la Ley de Reforma del Estado y Emergencia
Administrativa N° 23.696, determinó la emergencia económico financiera
de todos los organismos detallados en su artículo 1°, incluyéndose las
Sociedades del Estado, y en su artículo 3°, se especificaron las
funciones y atribuciones del Interventor.
Que como consecuencia de la sanción de la Ley Nacional de Puertos N°
24.093, se produjo la descentralización de la actividad portuaria y
transferencia de los puertos de todo el país a sus respectivas
provincias y, no obstante que dicha Ley establecía la transferencia del
PUERTO BUENOS AIRES a la órbita de la entonces MUNICIPALIDAD DE BUENOS
AIRES, por el Decreto N° 1029/92, se vetó en forma parcial la citada
norma respecto de la transferencia del Puerto BUENOS AIRES a la
jurisdicción municipal.
Que, en consecuencia, a la fecha, el Puerto BUENOS AIRES se mantiene en la jurisdicción del ESTADO NACIONAL.
Que la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO tiene
entre sus principales funciones y misiones, la explotación y
mantenimiento de la infraestructura de las áreas no concesionadas, como
así también las funciones de Autoridad de Aplicación y Ente de
Contralor del cumplimiento de las obligaciones contractuales de los
concesionarios de las terminales privadas frente al ESTADO NACIONAL y
las tareas de mantenimiento, dragado y balizamiento de los canales de
acceso al Puerto BUENOS AIRES y del vaso portuario.
Que, por otro lado, mediante el Decreto N° 528/16, se designó como
actual Interventor de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL
ESTADO al Señor D. Gonzalo Osvaldo Rodrigo MORTOLA (D.N.I N°
23.463.369) con una remuneración equivalente a la de Subsecretario.
Que, en tal sentido, teniendo en cuenta la importancia del transporte
por agua y las actividades y servicios que se prestan dentro del Puerto
BUENOS AIRES, principal Puerto del país, cuestión que constituye un
factor decisivo en la formación de los costos y precios de la economía
nacional – los que tienen consecuencia directa tanto para el comercio
interior como para mejorar las condiciones para un pleno desarrollo del
comercio exterior-, y ponderando la responsabilidad que tal tarea
implica, es menester jerarquizar el cargo del Interventor de la
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, equiparando
salarialmente el cargo al de Secretario.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
TRANSPORTE, la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN y la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL
SECTOR PÚBLICO, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Establécese que la remuneración del Interventor de la
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, será equivalente
a la de Secretario.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande la presente medida será imputado a
las partidas específicas de la ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS
SOCIEDAD DEL ESTADO.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Guillermo Javier Dietrich.
e. 26/04/2018 N° 28730/18 v. 26/04/2018