MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
Decisión Administrativa 766/2018
Desígnase Director Nacional Láctea.
Ciudad de Buenos Aires, 25/04/2018
VISTO el Expediente Nº EX-2018-15858226-APN-MM, la Ley Nº 27.431, los
Decretos Nros. 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y 174 de fecha 2 de
marzo de 2018, las Decisiones Administrativas Nros.324 de fecha 14 de
marzo de 2018 y 338 del 16 de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2018.
Que el Decreto N° 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda
designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o
Entidad correspondiente.
Que por el Decreto Nº 174/18 se aprobó el organigrama de aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,
aprobando asimismo, sus respectivos objetivos, entre los que se
encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.
Que por la Decisión Administrativa N° 324/18, se aprobó la estructura
organizativa del primer nivel operativo, entre otras, del MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA.
Que por la citada Decisión Administrativa Nº 324/18 se aprobaron las
Direcciones de Área, estableciendo, entre otras, a la Dirección
Nacional Láctea de la SUBSECRETARÍA DE GANADERÍA dependiente de la
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA.
Que en virtud de específicas razones de servicio del MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA, se considera imprescindible la cobertura transitoria de
UN (1) cargo vacante Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del
SINEP, correspondiente al cargo de Director Nacional Láctea de la
SUBSECRETARÍA DE GANADERÍA dependiente de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA del mencionado Ministerio.
Que el agente que se propone debe ser exceptuado de los requisitos
establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(S.I.N.E.P), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial,
homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus
modificatorios y complementarios.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
tomó la intervención que le compete, conforme artículo 3° de la
Decisión Administrativa N° 338/18, habiendo verificado la existencia
del cargo a cubrir transitoriamente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2º del
Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Desígnase transitoriamente a partir del 15 de marzo de
2018 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a
partir del dictado de la presente medida, en UN (1) cargo vacante Nivel
A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del SINEP, como Director Nacional
Láctea de la SUBSECRETARÍA DE GANADERÍA dependiente de la SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, al
Ingeniero Agrónomo D. Alejandro Antonio SAMMARTINO (M.I. N°
16.581.043), autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por
Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.),
aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por
el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios
y complementarios, con autorización excepcional por no reunir los
requisitos mínimos de acceso al Nivel A, establecidos en el artículo 14
del citado Convenio.
ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1º de la presente
medida, deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente,
por los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el citado Decreto Nº
2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado del
presente acto.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será imputado con cargo a las partidas específicas de la
Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Luis Miguel Etchevehere.
e. 26/04/2018 N° 28561/18 v. 26/04/2018