MINISTERIO DE FINANZAS
DEUDA PÚBLICA
Resolución 92/2018
Dispónese la emisión de Letra del Tesoro en Dólares estadounidenses.
Ciudad de Buenos Aires, 24/04/2018
Visto el expediente EX-2018-17152705-APN-MF, la ley 27.431 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio
2018 y la resolución 162-E del 7 de septiembre de 2017 del Ministerio
de Finanzas (RESOL-2017-162-APN-MF), y
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 33 de la ley 27.431 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el ejercicio 2018 se autoriza al
Ministerio de Finanzas a emitir Letras del Tesoro para dar cumplimiento
a las operaciones previstas en el programa financiero, las que deberán
ser reembolsadas en el mismo ejercicio financiero en que se emiten.
Que en el marco de la programación financiera para el presente
ejercicio se ha acordado con las autoridades del Fondo Fiduciario para
la Reconstrucción de Empresas (FFRE), la suscripción de una (1) Letra
del Tesoro en Dólares Estadounidenses.
Que mediante el artículo 1° de la resolución 162-E del 7 de septiembre
de 2017 del Ministerio de Finanzas (RESOL-2017-162-APN-MF) se
sustituyeron las normas de “Procedimiento para la Colocación de
Instrumentos de Deuda Pública”, aprobadas por el artículo 1° de la
resolución 66-E del 4 de mayo de 2017 del Ministerio de Finanzas
(RESOL-2017-66-APN-MF).
Que la operación que se dispone está contenida dentro del límite que al
respecto establece el artículo 33 de la ley 27.431 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el ejercicio 2018.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente.
Que esta medida se dicta en virtud de las facultades previstas por el artículo 33 de la ley 27.431.
Por ello,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Disponer la emisión de una (1) Letra del Tesoro en
Dólares estadounidenses a ser suscripta a la par por el Fondo
Fiduciario para la Reconstrucción de Empresas (FFRE) por un monto de
hasta valor nominal original dólares estadounidenses veintiún millones
doscientos treinta y dos mil novecientos cuarenta y uno (V.N.O. USD
21.232.941), con las siguientes condiciones financieras:
Fecha de emisión: 27 de abril de 2018.
Fecha de vencimiento: 27 de junio de 2018.
Plazo: sesenta y un (61) días.
Moneda de emisión y pagos: dólares estadounidenses.
Moneda de suscripción: pesos o dólares estadounidenses al tipo de
cambio de referencia de la Comunicación “A” 3500 del Banco Central de
la República Argentina (BCRA) correspondiente al día hábil anterior a
la fecha de emisión.
Amortización: íntegra al vencimiento.
Intereses: cupón cero (a descuento).
Forma de Colocación: suscripción directa, en el marco de lo establecido
en las normas de procedimiento aprobadas por el artículo 1 de la
resolución 162-E del 7 de septiembre de 2017 del Ministerio de Finanzas
(RESOL-2017-162-APN-MF).
Negociación: la Letra del Tesoro será intransferible y no tendrá
cotización en los mercados de valores locales e internacionales.
Titularidad: se emitirá un certificado que será depositado en la
Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos
Financieros (CRYL) del Banco Central de la República Argentina (BCRA).
Atención de los servicios financieros: los pagos se cursarán a través
del Banco Central de la República Argentina (BCRA) mediante
transferencias de fondos en la cuenta de efectivo que posea el titular
de la cuenta de registro en dicha Institución.
ARTÍCULO 2º.- Autorizar al Secretario de Finanzas, o al Director
Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público, o al Director de
Administración de la Deuda Pública, o al Director de Programación e
Información Financiera, o al Director de Análisis del Financiamiento, o
al Coordinador de Registro de la Deuda Pública, o al Coordinador de
Emisión de Deuda Interna, a suscribir en forma indistinta la
documentación necesaria para la implementación de las operaciones
dispuestas por el artículo 1° de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su dictado.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Luis Andres Caputo.
e. 26/04/2018 N° 28351/18 v. 26/04/2018