ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 4513/2018
RESOL-2018-4513-APN-ENACOM#MM - Fecha 21/6/2018 - ACTA 34
EX-2018-28650071-APN-SDYME-ENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto:
1.- Establecer que el cumplimiento de la cuota mínima del TREINTA POR
CIENTO (30%), relativa a la incorporación de producción local
independiente en la programación diaria de los servicios licenciatarios
de televisión abierta, deberá ser en estreno y distribuida en las
CUATRO (4) franjas horarias.
2.- Otorgar a los licenciatarios alcanzados por el Artículo precedente
un plazo de SESENTA (60) días para la adecuación de sus respectivas
programaciones a la presente.
3.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese.
Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de
Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho, Ente Nacional de Comunicaciones.
e. 25/06/2018 N° 44954/18 v. 25/06/2018