MINISTERIO DE DEFENSA
Resolución 656/2018
Ciudad de Buenos Aires, 21/06/2018
VISTO la Comunicación Oficial ME-2018-13559263-APN-SSC#MD, el Expediente EX-2018-14458003--APN-DIREI#MD, y
CONSIDERANDO:
Que mediante dicha Comunicación el señor Subsecretario de Ciberdefensa
solicita la asignación de diversos sectores del edificio conocido como
Torre 1, que ocupa EL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y
TÉCNICAS PARA LA DEFENSA - CITEDEF en la Localidad de Villa Martelli,
Provincia de BUENOS AIRES.
Que el señor Subsecretario de Investigación, Desarrollo y Producción
para la Defensa, de quien depende CITEDEF, ha tomado intervención
avalando, mediante NO-2018-10170553-APN-SSIDYPD#MD, la instalación de
la Sala Cofre y la instalación de la SUBSECRETARÍA DE CIBERDEFENSA
dependiente de la SECRETARIA DE INVESTIGACIÓN, POLÍTICA INDUSTRIAL Y
PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA en dicho edificio.
Que el servicio de Asesoramiento Jurídico del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente
medida en virtud de lo dispuesto por el artículo 23 del Anexo al
Decreto N° 2670 del 1 de diciembre de 2015.
Por ello,
EL MINISTRO DE DEFENSA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Otórgase a la SUBSECRETARÍA DE CIBERDEFENSA del
MINISTERIO DE DEFENSA, el uso de la Planta Baja Ala Este; Planta 4° y
Planta 5° del Edificio conocido como Torre 1 asignado en uso al
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TÉCNICAS PARA LA DEFENSA
conocido como “Torre Administración” en el croquis que forma parte del
presente como ANEXO I (IF-2018-21351581-APN-SSLYAI#MD).
ARTÍCULO 2°.- En lo atinente a la Planta Baja a que hace referencia el
artículo anterior la fracción otorgada a la SUBSECRETARÍA DE
CIBERDEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA será acorde con el croquis que
forma parte de la presente como ANEXO II
(IF-2018-21505750-APN-SSLYAI#MD).
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese la presente medida a la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO para su intervención y registro en
el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Oscar Raúl Aguad
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/06/2018 N° 45344/18 v. 26/06/2018
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)